REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 22/06/2026
CUENTA, N° 109

DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2026000028

Los ciudadanos LUIS MANUEL AGUIN GIL, AARON ELIUTH JUNCO GUERRA y MARA ELEXADETH HIDALGO BASTIDAS, actuando en el alegado carácter de candidatos y postulados para las elecciones de la Junta Directiva de la Caja de Ahorros de la C.A. Metro de Caracas (CATMECA), asistidos por la Defensora Pública Segunda Provisoria, abogada Xiomara Ramírez González, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso de elecciones internas de la Junta Directiva del Consejo de Administración y Vigilancia, Delegados y Suplentes periodo 2026-2029, efectuadas en fecha 05 de junio de 2026 y contra los actos administrativos y vías de hechos que derivaron en la adjudicación y posterior juramentación de las autoridades, realizados el 11 de junio de 2026, efectuados por la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

Se acordó solicitar de conformidad con lo previsto en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, los antecedentes administrativos del caso así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de la C.A. Metro de Caracas (CATMECA) para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho contado a partir de su notificación. Se designó ponente la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a quien se le remite el expediente. Se libró oficio Nº 26.168


2. AA70E2026000029

Los ciudadanos ÁNGEL JESÚS RAMÍREZ GONZÁLEZ y GONZALO IVAN AVEDAÑO GELVES, en el alegado carácter de socios electores y socios propietarios de las acciones 2121 y 1075 de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, así como, Presidente y Segundo Vicepresidente integrantes de la Junta Directiva de la referida Asociación, electos en fecha 21 de febrero de 2026, en ese orden, asistidos por el abogado Henry Arturo Escalona Meléndez, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada y amparo cautelar contra la negativa de reconocimiento de los resultados del referido proceso electoral, donde se eligieron los nuevos miembros integrantes de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisarios de la mencionada asociación para el Periodo 2026-2027, así como, la negativa de la entrega material y administrativa de las instalaciones, bienes, claves, cuentas bancarias y otros a las nuevas autoridades electas, por parte de la Junta Directiva Saliente Periodo 2025-2026

Se acordó solicitar de conformidad con lo previsto en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los Miembros Integrantes de la Junta Directiva Saliente de la Asociación Civil Club Táchira, Periodo 2025-2026, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho contado a partir de su notificación. Se designó ponente la Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO, a quien se le remite el expediente. Se libró oficio 26.167 y despacho.


3. AA70X2026000007 - AA70E2025000051

: El abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.150, apoderado judicial de los ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESSES TAVIO, titulares de las cédula de identidad números: V-6.518.073 y V-8.789.796, respectivamente, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte del Municipio Brión del estado Miranda, (parte recurrente), mediante el cual solicitó "medida cautelar innominada de nombramiento de Junta Ad Hoc", se acuerda abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida solicitud, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto.

Se designó Ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA a los fines del pronunciamiento correspondiente.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de Presidente, Primer Vicepresidente, Sub Secretario, Tesorero, Consultor Jurídico, Bibliotecario, Segundo Vocal y Sexto Vocal de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA (electa el 01 de febrero de 2025), asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictado por el Tribunal Disciplinario de la referida asociación en fecha 30 de abril de 2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de está Sala cartel librado a Todos los Asociados de la Asociación Civil Club Táchira, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 27 de mayo de 2026, dictó Sentencia N° 054.


2. AA70E2025000051

Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneareo Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidos por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria emitida en fecha 2 de febrero de 2026 -cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año-, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del Órgano Directivo de esa Sociedad Civil, para el período 2026-2028.

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.


3. AA70E2025000051

Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneareo Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidos por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria emitida en fecha 2 de febrero de 2026 -cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año-, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del Órgano Directivo de esa Sociedad Civil, para el período 2026-2028.

CONSTANCIA DE CUADERNO SEPARADO: se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la solicitud formulada por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.150, apoderado judicial de los ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESSES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte del Municipio Brión del estado Miranda, (parte recurrente), mediante el cual solicitó "medida cautelar innominada de nombramiento de Junta Ad Hoc", se acordó abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida solicitud, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2026-000007.


4. AA70E2025000051

Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneareo Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidos por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria emitida en fecha 2 de febrero de 2026 -cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año-, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del Órgano Directivo de esa Sociedad Civil, para el período 2026-2028.

Visto escrito presentado el 10 de 06/2026, por el abogado Alejandro García, Inpreabogado N° 131.150, apoderado judicial de las ciudadanas MÓNICA RODRÍGUEZ y EDDYMAR MENESSES, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urb. Ciudad Balneario Higuerote, mediante el cual solicitó "medida cautelar innominada de nombramiento de Junta Ad Hoc", se acordó abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida solicitud, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto. Igualmente, a los fines de conformar el cuaderno separado se ordena expedir copia certificada del escrito recursivo de fecha 12/12/2025, de la Sentencia N° 044 dictada el 29/4/2026, del escrito presentado en fecha 10 de junio de 2026, y en copia simple anexos marcados con las letras "A","B", "C","D", "F","G","H", "I", y los recaudos presentados con la solicitud de medida cautelar signados "A","B","C","D","E","F","G" y "H", el cual reposará en el referido cuaderno separado.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2026000009

Los abogados Julio César Delgado Méndez y José Silverio García Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 39.359 y 36.026, actuando en este acto como representantes judiciales de los ciudadanos YOHANNY PADRÓN CARDOZO, JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JHONNY ROSSVELTH DOCCHIO, titulares de las cédula de identidad Nros. V-15.804.383, V-12.393.596 y V-6.324.826, respectivamente, en el alegado carácter de Miembros Activos y Socios de la Asociación Civil Club Oricao, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los actos y presuntas violaciones, hechos irregulares y vicios cometidos por la Comisión Electoral del mencionado Club, para la elección de Presidente y demás Miembros Integrantes la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisario para el periodo 205-2027, realizadas en fecha 20 y 21 de febrero de 2026.

El ciudadano JOSE MANUEL MELENDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 13.233.373, actuando en su condición de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao, tercera parte, asistido por el abogado Luis Manuel Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.600, presentó escrito de oposición a las pruebas.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez