REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 29/09/2026
CUENTA, N° 123

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2026000008

El ciudadano HUMBERTO RAMÓN LÓPEZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.896.491, actuando en el alegado carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO RECREACIONAL DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS, asistido por el abogado Luis Antonio Lleras Mendible, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.359, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional con medida cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada Asociación electa en fecha 13 de diciembre de 2025, para llevar a cabo el proceso eleccionario de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Comisión de Admisión y Comisionario con suplente de la Asociación Civil para el periodo 2026-2028, a realizarse el día viernes 15 de marzo de 2026.

Visto que en fecha 24 de septiembre de 2026, fue recibido el oficio Nro. 306-2026 de fecha diez (10) de agosto de 2026, emanado del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 07 de abril de 2026, se acordó librar cartel al ciudadano HUMBERTO RAMÓN LÓPEZ GONZÁLEZ (parte accionante), del contenido de la Sentencia N° 023 de fecha veintisiete (27) de marzo de 2026.


2. AA70E2026000021

El abogado PEDRO ANTONIO BELLO CASTILLO, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de inmueble ubicado en las Residencias Vacacionales Villas del Mar, Coralito IV, del sector Los Corales de la Carretera Nacional Morón-Coro Tucacas, Municipio Silva del estado Falcón, asistido por la abogada Marilú Bello Castillo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Acta de Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 24 de marzo de 2026, para la elección y juramentación del Presidente, Tesorero, Secretario, Vocal 1 y Vocal 2 de la nueva Junta de Directiva de la Asociación Civil Coralito IV Residencias Vacacionales Villas del Mar, así como la nulidad de la Asamblea de Propietarios efectuada en fecha 01 de abril de 2026.

Se acordó ratificar comisión al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Distribuidor), a los fines de notificar a la miembros integrantes de la Junta Directiva (Saliente) de la Asociación Civil Coralito IV Residencias Vacacionales Villas del Mar, sobre los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se libro oficios Nro. 26-186 y 26-187 y despacho.


3. AA70E2026000028

Los ciudadanos LUIS MANUEL AGUIN GIL, AARÓN ELIUTH JUNCO GUERRA y MARA ELEXADETH HIDALGO BASTIDAS, actuando en el alegado carácter de candidatos y postulados para las elecciones de la Junta Directiva de la Caja de Ahorros de la C.A. Metro de Caracas (CATMECA), asistidos por la Defensora Pública Segunda Provisoria, abogada Xiomara Ramírez González, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso de elecciones internas de la Junta Directiva del Consejo de Administración y Vigilancia, Delegados y Suplentes período 2026-2029, efectuadas en fecha 05 de junio de 2026 y contra los actos administrativos y vías de hecho que derivaron en la adjudicación y posterior juramentación de las autoridades, realizados el 11 de junio de 2026, efectuados por la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

Se recibió escrito suscrito por el ciudadano Luis Antonio Jiménez Villa, titular de la cédula de identidad N° V-12.641.371, en el alegado carácter de presidente de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas, asistido por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, mediante el cual consignó los antecedentes administrativos y el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral; este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el referido escrito de informes y formar tres (03) piezas separadas con los recaudos que acompañó al referido escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso, piezas que serán identificadas como Antecedentes Administrativos I, II y III.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2021000034

El ciudadano IOMAR ALBERTO CARREÑO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.345.785, asistido por los abogados César Augusto Fernández y Nelson Antonio Rojas Brito, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.479 y 196.405, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso electoral de la CAJA DE AHORRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL PODER ELECTORAL (CAPSEOJ) N° 45 del sector público período 2021-2024, llevado a cabo por la Comisión Electoral ad hoc en fecha 30 de julio de 2021.

El abogado Nelson Antonio Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 196.405, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.


2. AA70E2026000026

Los ciudadanos THAIS MARBELIA MICHELENA SOJO, EUSEBIA MALAVÉ, CIOLKI BRAVO y ALEXIS BORGES, actuando en el alegado carácter de miembros activos y asociados de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), asistidos por el abogado Humberto Walfredo González Aguirre, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra Convocatoria y Postulación realizada en fecha 06 de mayo de 2026 para la celebración de una asamblea extraordinaria parcial y general de delegados para elegir a la nueva Junta Directiva de CASEP, en fecha 27 de mayo de 2026 por parte de la actual Comisión Electoral de la mencionada caja de ahorro.

La ciudadana THAIS MARBELIA MICHELENA SOJO, titular de la cédula de identidad Nº 6.376.399, asistida por el abogado Humberto Walfredo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.874, consignó escrito de ampliación del libelo de amparo.


3. AA70E2026000028

Los ciudadanos LUIS MANUEL AGUIN GIL, AARÓN ELIUTH JUNCO GUERRA y MARA ELEXADETH HIDALGO BASTIDAS, actuando en el alegado carácter de candidatos y postulados para las elecciones de la Junta Directiva de la Caja de Ahorros de la C.A. Metro de Caracas (CATMECA), asistidos por la Defensora Pública Segunda Provisoria, abogada Xiomara Ramírez González, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso de elecciones internas de la Junta Directiva del Consejo de Administración y Vigilancia, Delegados y Suplentes período 2026-2029, efectuadas en fecha 05 de junio de 2026 y contra los actos administrativos y vías de hecho que derivaron en la adjudicación y posterior juramentación de las autoridades, realizados el 11 de junio de 2026, efectuados por la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

La abogada ADRIANA TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 297.063, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda, designada mediante la Resolución Nº DDPG-2023-326, en fecha 05 de mayo de 2026, consignó diligencia mediante la cual formuló alegatos relacionados al presente recurso.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2026000036

El abogado Félix Rafael Ocopio Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.961, en el alegado carácter de apoderado judicial de la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el Acto Administrativo de fecha 17 de septiembre de 2025, contentivo de la certificación de Registro de Delegados y Delegadas de Prevención dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.183, librado al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), recibido por la ciudadana Elsy Peraza, Asistente Legal del Departamento de Consultoría Jurídica del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 24 de septiembre de 2026.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez