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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 06/10/2026 | |
| CUENTA, N° 128 | |
| NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
| 1. | AA70E2026000041 |
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Los abogados OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, NATAN NUCHI BENTOLILA y ROMMEL GUERRERO GALINDO, actuando en nombre propio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 10.178, 36.373 y 38.164, respectivamente, y en el alegado carácter de propietarios de los apartamentos Nueve Raya L (9-L), Tres Raya E (3-E) y Once Raya 11 (11-G), en ese orden, ubicados en el Edificio "Laguna Beach Club", situado en la Urbanización Caribe, Parroquia Caraballeda del estado La Guaira, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral realizado en Asamblea Ordinaria de Propietarios de fecha 11 de julio de 2026, y contra los actos y actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones y omisiones electorales atribuidas a la Junta de Condominio del referido edificio. |
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Se recibió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo. |
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| 2. | AA70E2026000042 |
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La ciudadana CARMEN BEATRIZ LEGUIZAMON, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.141.966, en el alegado carácter de copropietaria de un apartamento ubicado en el Conjunto Residencial Fuerza Armada de Cooperación (F.A.C.) de El Valle, distinguido con el Nro. 2, Edificio B, el cual se encuentra situado entre la autopista Coche-Las Tejerías y la avenida Intercomunal de El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, asistida por el abogado Natan Nuchi, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 36.373, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral convocado por la Junta de Condominio (saliente) en fecha 5 y 8 de septiembre de 2026 para elegir a la nueva Junta de Condominio para el período 2026-2027. |
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Se recibió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2024000031 |
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La abogada Darling Graciela Vivas Calcurian, inscrita en el Inpreabogado bajo el N.°187.502, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARITZA COROMOTO TORRES VALENZUELA y PEDRO JOSÉ OCANDO GRATEROL, en su carácter de afiliados de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Trabajadores de la Contraloría General del Estado Lara (CAPCEL), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los ciudadanos Ana Luisa Gómez Zambrano (Contralora del estado Lara), Eglebren Nataly Reverand Griman (Directora de Talento Humano) y Joel José González Avilán (Superintendente de Cajas de Ahorros) (E). |
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Vista la Sentencia N.° 074 dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar a los ciudadanos MARITZA COROMOTO TORRES VALENZUELA y PEDRO JOSÉ OCANDO GRATEROL, en el alegado carácter de afiliados de la Caja de Ahorro y Préstamos de los Trabajadores de la Contraloría General del estado Lara (CAPCEL), parte recurrente, y/o a su apoderada judicial, la abogada Darling Graciela Vivas Calcurian inscrita en el Inpreabogado bajo el N.° 187.502. Se libró boleta. |
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| 2. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, actuando por derecho propio, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad N° V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, por la exclusión de los socios vitalicios en la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, relativas a la elección de la Junta Directiva y Comisario para el período 2026-2028. |
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Vista la sentencia Nro. 067 dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar a la parte recurrente, al Comité Electoral, a la Junta Directiva, al Comisario y al Tribunal Disciplinario, todos órganos de la Asociación Civil Monteclaro Country Club y al Ministerio Público. Se libró boleta y oficios Nros. 26.200, 26.201, 26.202 y 26.2023. Asimismo, se acordó notificar a los terceros coadyuvantes, a la ciudadana DANIELA SÁNCHEZ, a los candidatos postulados a los diferentes cargos de la Junta Directiva de la mencionada asociación periodo 2026-2028, y a todos los socios que integran la referida asociación, y visto que en el presente expediente no consta el domicilio procesal, se acordó librar cartel. Igualmente, se comisionó al Tribunal de Municipio de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda (Distribuidor), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficio Nro. 26.199 y despacho. |
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| 3. | AA70E2026000025 |
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Por recibido el oficio Nro. 170-2026 de fecha 05 de mayo de 2026, emanado del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió amparo constitucional, interpuesto por los ciudadanos RAFAEL ALBERTO ROJAS VARGAS, LEOPOLDO ANTONIO MARZULLO GONZÁLEZ E YGNACIO VIRGILIO RAMÍREZ BARRADAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.546.224, V-4.452.463 y V-7.362.225, respectivamente, en su condición de miembros agremiados del Colegio de Médicos del estado Lara, contra las actuaciones desplegadas por la Comisión Electoral Regional del Colegio en fecha 27 de agosto de 2025, conforme al cual, el referido Juzgado dictó Sentencia en fecha 24 de marzo de 2026 declarando su incompetencia y declinó el conocimiento en esta Sala |
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Vista la Sentencia N° 072 dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar a los ciudadanos RAFAEL ALBERTO ROJAS VARGAS, LEOPOLDO ANTONIO MARZULLO GONZÁLEZ e YGNACIO VIRGILIO RAMÍREZ BARRADAS, en su alegada condición de miembros agremiados del Colegio de Médicos del estado Lara (parte accionante). Asimismo, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor). Se libró boleta, despacho y oficio N° 26-204. |
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| 4. | AA70E2026000029 |
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Los ciudadanos ÁNGEL JESÚS RAMÍREZ GONZÁLEZ y GONZALO IVAN AVEDAÑO GELVES, en el alegado carácter de socios electores y socios propietarios de las acciones 2121 y 1075 de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, así como, Presidente y Segundo Vicepresidente integrantes de la Junta Directiva de la referida asociación, electos en fecha 21 de febrero de 2026, en ese orden, asistidos por el abogado Henry Arturo Escalona Meléndez, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada y amparo cautelar contra la negativa de reconocimiento de los resultados del referido proceso electoral, donde se eligieron los nuevos miembros integrantes de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisarios de la mencionada asociación para el Periodo 2026-2027, así como, la negativa de la entrega material y administrativa de las instalaciones, bienes, claves, cuentas bancarias y otros a las nuevas autoridades electas, por parte de la Junta Directiva Saliente Periodo 2025-2026 |
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RECEPCIÓN DE LOS ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y EL INFORME SOBRE LOS ASPECTOS DE HECHO Y DE DERECHO: Se recibió escrito suscrito por el ciudadano PEDRO ENRIQUE PARAQUEIMO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N.° V-4.885.928, en el alegado carácter de presidente de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por la abogada Carmen Yrene Velandria, inscrita en el Inpreabogado bajo el N.° 100.591, mediante el cual consignaron los antecedentes administrativos y el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral. Este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar una (1) pieza separada con los recaudos que acompañó, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso, pieza que será identificada como Antecedentes Administrativos II. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2024000046 |
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El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil. |
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El abogado Arnaldo Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.° 74.232, en su carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva del Club Alianza, A.C., y de la Comisión Electoral, parte recurrida, presentó escrito formulando alegatos. |
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| 2. | AA70E2026000009 |
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Los abogados Julio César Delgado Méndez y José Silverio García Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 39.359 y 36.026, actuando en este acto como representantes judiciales de los ciudadanos YOHANNY PADRÓN CARDOZO, JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JHONNY ROSSVELTH DOCCHIO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.804.383, V-12.393.596 y V-6.324.826, respectivamente, en el alegado carácter de miembros activos y socios de la Asociación Civil Club Oricao, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los actos y presuntas violaciones, hechos irregulares y vicios cometidos por la Comisión Electoral del mencionado Club, para la elección de Presidente y demás Miembros Integrantes de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisario para el periodo 2025-2027, realizadas en fecha 20 y 21 de febrero de 2026. |
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El ciudadano JOSÉ RAFAEL VEGAS CABRICES, titular de la cédula de identidad N.° 15.403.611, en su condición de socio propietario de la Asociación Civil Club Oricaco, asistido por el abogado Luis Manuel Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.° 95.600, presentó escrito mediante el cual formuló alegatos. |
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| 3. | AA70E2026000017 |
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Las ciudadanas MARÍA TERESA NOGALES AMOR, SANDRA COROMOTO ROMERO BARBERA, RITA RICCI ZITELLA e ISOLINA DI DONATO BARNABEI, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.821.109, V-6.396.171, V-8.682.325 y E-983.561, respectivamente, en su alegado carácter de propietarias e integrantes de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), asistidas por los abogados Susana Leonor Rodríguez y Carlos David González Filot, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 124.588 y 52.055, en ese orden, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra la conformación de la Comisión Electoral de la mencionada asociación, electa en Asamblea General Extraordinaria de asociados de fecha 21 de octubre de 2025, contra el cronograma electoral del 30 de marzo de 2026 y contra el proceso electoral que llevó a cabo la referida comisión electoral para la elección de las autoridades de dicha organización. |
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El abogado Carlos David González Filot, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.° 52.055, apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2024000031 |
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La abogada Darling Graciela Vivas Calcurian, inscrita en el Inpreabogado bajo el N.°187.502, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARITZA COROMOTO TORRES VALENZUELA y PEDRO JOSÉ OCANDO GRATEROL, en su carácter de afiliados de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Trabajadores de la Contraloría General del Estado Lara (CAPCEL), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los ciudadanos Ana Luisa Gómez Zambrano (Contralora del estado Lara), Eglebren Nataly Reverand Griman (Directora de Talento Humano) y Joel José González Avilán (Superintendente de Cajas de Ahorros) (E). |
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El ciudadano alguacil consignó copia del oficio N.° 24.160, librado al ciudadano JOEL JOSÉ GONZÁLEZ AVILÁN, Superintendente de la Caja de Ahorros (Sudeca). Vista la Sentencia N° 074 de fecha 30 de septiembre de 2026, se consignó el oficio original de catorce (14) folios útiles mediante el cual se le notificó dicho fallo. |
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| 2. | AA70E2024000031 |
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La abogada Darling Graciela Vivas Calcurian, inscrita en el Inpreabogado bajo el N.°187.502, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARITZA COROMOTO TORRES VALENZUELA y PEDRO JOSÉ OCANDO GRATEROL, en su carácter de afiliados de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Trabajadores de la Contraloría General del Estado Lara (CAPCEL), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los ciudadanos Ana Luisa Gómez Zambrano (Contralora del estado Lara), Eglebren Nataly Reverand Griman (Directora de Talento Humano) y Joel José González Avilán (Superintendente de Cajas de Ahorros) (E). |
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El ciudadano alguacil consignó copia del oficio N° 24.159, librado a la ciudadana ANA LUISA GÓMEZ ZAMBRANO, Contralora del estado Lara. Vista la Sentencia N° 074 de fecha 30 de septiembre de 2026, se consignó el oficio original de catorce (14) folios útiles mediante el cual se le notificó dicho fallo. |
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| 3. | AA70E2024000031 |
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La abogada Darling Graciela Vivas Calcurian, inscrita en el Inpreabogado bajo el N.°187.502, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARITZA COROMOTO TORRES VALENZUELA y PEDRO JOSÉ OCANDO GRATEROL, en su carácter de afiliados de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Trabajadores de la Contraloría General del Estado Lara (CAPCEL), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los ciudadanos Ana Luisa Gómez Zambrano (Contralora del estado Lara), Eglebren Nataly Reverand Griman (Directora de Talento Humano) y Joel José González Avilán (Superintendente de Cajas de Ahorros) (E). |
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El ciudadano alguacil consignó copia del oficio N.° 24.158, librado a la ciudadana EGLEBREN NATALY REVERAND GRIMAN, en su carácter de Directora de Talento Humano de la Contraloría del Estado Lara. Vista la Sentencia N° 074 de fecha 30 de septiembre de 2026, se consignó el oficio original de catorce (14) folios útiles mediante el cual se le notificó dicho fallo. |
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| 4. | AA70E2024000031 |
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La abogada Darling Graciela Vivas Calcurian, inscrita en el Inpreabogado bajo el N.°187.502, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARITZA COROMOTO TORRES VALENZUELA y PEDRO JOSÉ OCANDO GRATEROL, en su carácter de afiliados de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Trabajadores de la Contraloría General del Estado Lara (CAPCEL), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los ciudadanos Ana Luisa Gómez Zambrano (Contralora del estado Lara), Eglebren Nataly Reverand Griman (Directora de Talento Humano) y Joel José González Avilán (Superintendente de Cajas de Ahorros) (E). |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio N.° 24.157, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Distribuidor). Asimismo, vista la Sentencia N° 074 de fecha 30 de septiembre de 2026, se consignó el oficio original de seis (6) folios útiles mediante el cual se le notificó dicho fallo. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |