REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 07/10/2026
CUENTA, N° 129

DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2026000041

Los abogados OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, NATAN NUCHI BENTOLILA y ROMMEL GUERRERO GALINDO, actuando en nombre propio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 10.178, 36.373 y 38.164, respectivamente, y en el alegado carácter de propietarios de los apartamentos Nueve Raya L (9-L), Tres Raya E (3-E) y Once Raya 11 (11-G), en ese orden, ubicados en el Edificio "Laguna Beach Club", situado en la Urbanización Caribe, Parroquia Caraballeda del estado La Guaira, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral realizado en Asamblea Ordinaria de Propietarios de fecha 11 de julio de 2026, y contra los actos y actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones y omisiones electorales atribuidas a la Junta de Condominio del referido edificio.

Se acordó solicitar, de conformidad con lo previsto en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del Edificio Laguna Beach Club, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho contados a partir de su notificación. Se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a quien se le remitió el expediente. Se libró oficio 26-214.


2. AA70E2026000042

La ciudadana CARMEN BEATRIZ LEGUIZAMON, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.141.966, en el alegado carácter de copropietaria de un apartamento ubicado en el Conjunto Residencial Fuerza Armada de Cooperación (F.A.C.) de El Valle, distinguido con el Nro. 2, Edificio B, el cual se encuentra situado entre la autopista Coche-Las Tejerías y la avenida Intercomunal de El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, asistida por el abogado Natan Nuchi, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 36.373, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral convocado por la Junta de Condominio (saliente) en fecha 5 y 8 de septiembre de 2026 para elegir a la nueva Junta de Condominio para el período 2026-2027.

Se acordó solicitar, de conformidad con lo previsto en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del Edificio Residencias Palo Verde los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho contados a partir de su notificación. Se designó ponente a la Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO, a quien se le remitió el expediente. Se libró oficio 26-215.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2021000001

El ciudadano CARLOS YOJHAN FONTAINS TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V-11.714.655, en el carácter de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales del Estado Barinas (CADEBA), asistido en este acto por el ciudadano Omar Enrique Reverol Vergara, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.451, interpuso acción de amparo, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 25 de noviembre de 2020 y resoluciones signadas con el número 2013-0014, dictadas en fecha 07 de diciembre de 2020, por el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas.

Vista la Sentencia Nro. 081 dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar al ciudadano CARLOS YOJHAN FONTAINES TOVAR, en el alegado carácter de presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), parte accionante; a los ciudadanos NOEL RAMÓN BETANCOURT, JOSÉ LORENZO GONZÁLEZ, WILLIAM COROMOTO RODRÍGUEZ, SONIA TOLEDO y TEÓFILO RAMÓN CASTILLO, en el alegado carácter de asociados de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales de Barinas (CADEBA), a los miembros directivos de la referida caja de ahorro, y al Ministerio Público. Asimismo, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor). Se libraron boleta y oficios Nros. 26-205, 26-206 y 26-207.


2. AA70E2021000010

El ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.302.792, en su carácter de miembro de la Asamblea General de la Federación Venezolana de Karate Do, asistido por el abogado en ejercicio Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.768, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión, contra la írrita convocatoria de fecha 8 de mayo de 2021 suscrita por los ciudadanos Ramón Arturo Castillo y Leyda Rodríguez, en su condición de presidente y secretaria general de la federación, respectivamente, del acto convocado para el día 22 de mayo de 2021, destinado a la designación de la Comisión Electoral que llevará a cabo el proceso electoral de la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor de la referida federación para el período 2021-2025.

Vista la Sentencia N° 063 dictada en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar al ciudadano RODOLFO RODRÍGUEZ, a los miembros integrantes de la Comisión Electoral, a la Junta Directiva, al Consejo de Honor, al Consejo Contralor de la referida federación, al Instituto Nacional de Deporte, a los participantes de la Asamblea General Extraordinaria de fecha 25 de mayo de 2021 de la Federación Venezolana de Karate Do, atletas y entrenadores y árbitros de la asociación de karate Do del estado Amazonas, Barinas, Apure, Miranda, La Guaira, Guárico, Distrito Capital, Anzoátegui, Carabobo y Táchira y al Ministerio Público. Se libró boleta, cartel y oficios Nros. 26-221, 26-222, 26-223, 26-224, 26-225, 26-226, 26-227 y 26-228.


3. AA70E2023000030

Los ciudadanos ARGELIA ALEJANDRA MEZA GIL, LUIS BLANCO, MARIANGELA URDANETA AMARIS, ZULEIMA DEL CARMEN ESPINOZA MARAMARA y DEYSI MARGARITA MURGUERZA BLANCO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.070.465, V-6.358.701, V-18.347.362, V-10.375.813 y V-6.259.816, respectivamente, en su alegado carácter de asociados de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N), asistidos por el abogado José Ilario Díaz Mosqueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 244.928, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos, contra los integrantes de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N).

Vista la Sentencia Nro. 073 dictada por esta Sala Electoral en fecha treinta (30) de septiembre, se acordó notificar a los ciudadanos ARGELIA ALEJANDRA MEZA GIL, LUIS BLANCO, MARIANGELA URDANETA AMARIS, ZULEIMA DEL CARMEN ESPINOZA MARAMARA y DEYSI MARGARITA MURGUERZA BLANCO. Se Libró boleta.


4. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente el primero invocando la condición de propietario de la sociedad mercantil OCEAN MACHINE, C.A., y la segunda como representante legal de la sociedad mercantil INVERSIONES FRAVELIZ, C.A., ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra la comisión electoral designada para llevar el proceso electoral y contra la decisión tomada por esta en fecha 3 de noviembre de 2023, en la cual juramentó sin haberse celebrado el proceso electoral a una junta directiva presidida por la ciudadana Glenda Galvis, quien presuntamente no es miembro asociada de la referida cámara de comercio.

Vista la Sentencia Nº 078 dictada en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva en funciones de la CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE PARAGUANÁ (CACOINPAR). Se libraron despacho y oficios de notificación Nros. 26-208 y 26-216.


5. AA70E2024000027

Por recibido recibido oficio N° 160, de fecha 18 de mayo del año 2026, en esta Sala Electoral, emanado del Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió el expediente AA70-E-2024-000027, nomenclatura de esta Sala, en el que dictó sentencia en fecha 20 de marzo de 2023, y ordenó "… la remisión de la solicitud de convocatoria de Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Médicos del Estado Táchira a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por los ciudadanos JOSÉ RAÚL ORDOÑEZ MARTÍNEZ y OMAR LAUREANO VERGEL SOSA, inscritos en el Colegio de Médicos del estado Táchira, dada la naturaleza electoral que comporta …",

Vista la Sentencia N° 082 dictada en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar al ciudadano JOSÉ RAÚL ORDOÑEZ MARTÍNEZ, parte accionante. Asimismo se ordenó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano OMAR LAUREANO VERGEL SOSA, parte accionante. Se libró boletas, despacho y oficio Nro. 26-217.


6. AA70E2024000033

El abogado ÁNGEL YRIGOYEN LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.133, actuando en nombre propio y asistiendo al ciudadano SANTIAGO ESPINOZA DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.590.994, en el carácter de aspirantes a la elección de miembros integrantes de la Junta Directiva de la Federación Campesina Bolivariana de Venezuela, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la ciudadana ENMA RAMONA ORTEGA, en el carácter de Presidenta de la Junta Directiva Ad-Hoc de la mencionada Federación, en virtud de "… la negativa u omisión de llamar al proceso de elecciones para elegir autoridades de una nueva Junta Directiva de la Asociación Civil FEDERACIÓN CAMPESINA BOLIVARIANA DE VENEZUELA…".

Vista la Sentencia Nº 077 dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar a los ciudadanos ÁNGEL YRIGOYEN LÓPEZ y SANTIAGO ESPINOZA DÍAZ, en el carácter de miembros de la FEDERACIÓN CAMPESINA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Se libró boleta.







7. AA70E2024000044

El ciudadano FRANCISCO JOSÉ HERNÁNDEZ ALPINO, titular de la cédula de identidad N° V-8.651.766, actuando en su carácter de egresado de la Universidad Central de Venezuela (UCV), de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y candidato a la asamblea de facultad por la plancha UNIDAD GREMIAL, asistido por el abogado Ramón Jesús Hernández Becerra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 280.922, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida universidad, por la publicación de los cronogramas electorales en la página web y redes sociales de fecha veintitrés (23) de septiembre de 2024, y ocho (8) de octubre de 2024,por no ser aprobados por el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, a fin de dar cumplimiento en lo previsto en el artículo 47 del Reglamento de Elecciones Universitarias.

Vista la Sentencia Nro. 075 dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar al ciudadano FRANCISCO JOSÉ HERNÁNDEZ ALPINO, parte recurrente. Se libró boleta de notificación.


8. AA70E2025000035

La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 314.543, actuando en nombre y representación de las ciudadanas EVANYELIS SANTAELLA y MARISABEL VEGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-27.486.337 y V-21.335.391, respectivamente, invocando su alegado carácter de trabajadoras activas de la entidad de trabajo Venezolana de Folias (VENEFOIL, C.A.), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso de elecciones de Delegados de Prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización, todos de fecha 27 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) Guárico al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025.

DIFERIMIENTO DE INFORMES: Visto el auto de fecha 05 del mes en curso, mediante el cual se fijó el acto de informes orales en la presente causa judicial para el día jueves veintidós (22) de octubre de 2026, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), y debido a las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados, esta Sala acordó diferirlo y se fijó para el día lunes diecinueve (19) de octubre de 2026, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral.


9. AA70E2025000051

Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidas por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria en fecha 2 de febrero de 2026, cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del órgano directivo de esa sociedad civil, para el período 2026-2028.

En el día de hoy, siete (07) de octubre de 2026, el abogado José Vicente Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.031, alegando el carácter de representante sin poder de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida Los Canales Norte, parte recurrida, consignó escrito mediante el cual promovió pruebas, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.


10. AA70E2025000051

Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidas por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria en fecha 2 de febrero de 2026, cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del órgano directivo de esa sociedad civil, para el período 2026-2028.

En el día de hoy, siete (07) de octubre de 2026, el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, apoderado judicial de las ciudadanas Mónica del Carmen Rodríguez Rangel y Eddymar Meneses Tavio, titulares de la cédula de identidad N° V-6.518.073 y V-8.789.796, en ese orden, parte recurrente, consignó escrito mediante el cual promovió pruebas, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.


11. AA70E2025000052

Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijtveld Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las convocatorias a Asambleas Generales Extraordinarias de socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025 de la mencionada asociación, y contra la elección de los miembros integrantes del tribunal disciplinario realizada en la Asamblea de Socios del 29 de noviembre del mismo año.

Vista la sentencia Nº 065 del 30 de septiembre de 2026 se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda (Distribuidor), a los fines de notificar a los miembros integrantes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Monteclaro Country Club (parte recurrida), al Tribunal Disciplinario, al ciudadano WILINSKIV ESPINOZA CAMPOS, Vicepresidente y tercero coadyuvante de la parte recurrente y la ciudadana MIREYA GALVIS PÈREZ, Tesorera, ambos integrantes de la Junta Directiva, al Ministerio Público. Igualmente se acordó librar cartel al ciudadano CARMELO JOSÉ CAPPADONNA ÁLCALA, en su condición de tercero coadyuvante de la parte recurrente, DAWE JASPE MONCADA y DANIELA ALEXANDRA SÁCNCHEZ CAMACHO y a TODOS LOS SOCIOS DE LA ASOCIACIÒN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB y a DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA PINO, y otros, (parte recurrente).Se libro Boleta, Oficios, Despacho y Cartel.


12. AA70E2025000053

El ciudadano FÉLIX ALEXANDER FERNÁNDEZ MIRABAL, titular de la cédula de identidad N° V-17.284.044, actuando en el carácter de propietario y asistido por el abogado Oswaldo Alexander Gonzalez Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 295.196, interpuso recurso contencioso electoral de impugnación, contra el Acta de Asamblea de Propietarios del Edificio Pádula, ubicado en la avenida Ávila de Bello Campo, realizada en fecha 13 de noviembre de 2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO PÁDULA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala en fecha 27 de mayo de 2026 dictó Sentencia N° 045.


13. AA70E2026000009

Los abogados Julio César Delgado Méndez y José Silverio García Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 39.359 y 36.026, actuando en este acto como representantes judiciales de los ciudadanos YOHANNY PADRÓN CARDOZO, JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JHONNY ROSSVELTH DOCCHIO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.804.383, V-12.393.596 y V-6.324.826, respectivamente, en el alegado carácter de miembros activos y socios de la Asociación Civil Club Oricao, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los actos y presuntas violaciones, hechos irregulares y vicios cometidos por la Comisión Electoral del mencionado Club, para la elección de Presidente y demás Miembros Integrantes de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisario para el periodo 2025-2027, realizadas en fecha 20 y 21 de febrero de 2026.

DIFERIMIENTO DE INFORMES: Visto el auto de fecha 02 del mes en curso, mediante el cual se fijó el acto de informes orales en la presente causa judicial para el día jueves quince (15) de octubre de 2026, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), y debido a las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados, esta Sala acordó diferirlo y se fija para el día lunes diecinueve (19) de octubre de 2026, a las once de la mañana (11:00 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral.


14. AA70E2026000015

El abogado JESÚS MANUEL PATIÑO VARÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.565, actuando en su propio nombre y representación, domiciliado en el Edificio Residencias Palo Verde, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General de Propietarios y Copropietarios del mencionado edificio residencial, llevado a cabo en fecha 19 de noviembre de 2025.

Vista la Sentencia N.º 076 dictada en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar al ciudadano JESÚS MANUEL PATIÑO VARÓN, parte recurrente; a los miembros integrantes de la Junta de Condominio (saliente) del Edificio Residencias Palo Verde; a los miembros integrantes de la Junta de Condominio (electa) del referido edificio para el período 2025-2026; a todos los propietarios de inmuebles ubicados en el Edificio Residencias Palo Verde, y al Ministerio Público. Se libró boleta, cartel y oficios Nros. 26-218, 26-219 y 26-220.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2023000030

Los ciudadanos ARGELIA ALEJANDRA MEZA GIL, LUIS BLANCO, MARIANGELA URDANETA AMARIS, ZULEIMA DEL CARMEN ESPINOZA MARAMARA y DEYSI MARGARITA MURGUERZA BLANCO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.070.465, V-6.358.701, V-18.347.362, V-10.375.813 y V-6.259.816, respectivamente, en su alegado carácter de asociados de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N), asistidos por el abogado José Ilario Díaz Mosqueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 244.928, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos, contra los integrantes de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.192, librado a los INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORRO Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), vista la Sentencia N° 073 de fecha 30 de septiembre de 2026, se consignó el oficio original constante de ocho (8) folios útiles.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez