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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 08/10/2026 | |
| CUENTA, N° 130 | |
| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2024000033 |
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El abogado ÁNGEL YRIGOYEN LÓPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.133, actuando en nombre propio y asistiendo al ciudadano SANTIAGO ESPINOZA DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.590.994, en el carácter de aspirantes a la elección de miembros integrantes de la Junta Directiva de la Federación Campesina Bolivariana de Venezuela, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la ciudadana ENMA RAMONA ORTEGA, en el carácter de Presidenta de la Junta Directiva Ad-Hoc de la mencionada Federación, en virtud de "… la negativa u omisión de llamar al proceso de elecciones para elegir autoridades de una nueva Junta Directiva de la Asociación Civil FEDERACIÓN CAMPESINA BOLIVARIANA DE VENEZUELA…". |
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Vista la Sentencia Nº 077, dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de septiembre de 2026, se acordó notificar a los ciudadanos ÁNGEL YRIGOYEN LÓPEZ y SANTIAGO ESPINOZA DÍAZ, en el alegado caráter de miembros de la FEDERACIÓN CAMPESINA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, parte accionante. Se libró boleta de notificación. |
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| 2. | AA70E2025000020 |
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La ciudadana YETSALIDA CHIQUINQUIRA PÉREZ DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-13.529.962, en el alegado carácter de juez árbitro afiliada de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE ATLETISMO (FEVEATLETISMO), asistida por el abogado Daniel Alejandro Leal Lehman, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.694, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral nacional realizado en fecha 25 de abril de 2025, para la renovación de las nuevas autoridades de la referida Federación para el período 2025-2029. |
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Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos. |
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| 3. | AA70E2025000051 |
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Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidas por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria en fecha 2 de febrero de 2026, cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del órgano directivo de esa sociedad civil, para el período 2026-2028. |
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El abogado José Vicente Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.031, alegando el carácter de representante sin poder de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida Los Canales Norte, parte recurrida, mediante el cual promovió pruebas. |
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| 4. | AA70E2025000051 |
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Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidas por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria en fecha 2 de febrero de 2026, cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del órgano directivo de esa sociedad civil, para el período 2026-2028. |
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Se agregó a los autos el escrito presentado en fecha siete del mes en curso, por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, apoderado judicial de las ciudadanas Mónica del Carmen Rodríguez Rangel y Eddymar Meneses Tavio, titulares de la cédula de identidad N° V-6.518.073 y V-8.789.796, en ese orden, parte recurrente, mediante el cual promovió pruebas. |
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| 5. | AA70E2025000051 |
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Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidas por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria en fecha 2 de febrero de 2026, cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del órgano directivo de esa sociedad civil, para el período 2026-2028. |
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Se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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| 6. | AA70X2026000009 - AA70E2025000051 |
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El ciudadano VÍCTOR EFRAÍN GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V-6.899.622, en el alegado carácter de presidente de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida Los Canales Norte, parte recurrida, asistido por el abogado Carlos Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.534, propuso tacha incidental contra la inspección judicial extra litem practicada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buroz de la Circunscripción Judicial del estado Miranda el 05 de marzo de 2026. |
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Se recibió oficio N° 167-2026 de fecha 07 de octubre del 2026, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 23 de septiembre de 2026, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |