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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 09/10/2026 | |
| CUENTA, N° 131 | |
| NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
| 1. | AA70E2026000043 |
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El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.062, apoderado judicial de los ciudadanos GIANCARLO CARANO ROJAS, PEDRO LUIS ALIENDRES VÁSQUEZ, ANTONIO RAMÓN JAEN RODRÍGUEZ y ENDRICK JOSEPH FERNÁNDEZ AVILAN, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.203.977, V-9.308.274, V-10.345.493 y V-18.401.440, respectivamente, en el alegado carácter de abogados agremiados del Colegio de Abogados del estado Nueva Esparta, interpusieron acción de amparo constitucional, contra la omisión a la convocatoria a elecciones por parte de la actual Junta Directiva para la renovación de las nuevas autoridades del mencionado Colegio de Abogados. |
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Se recibió escrito de acción de amparo constitucional. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2025000038 |
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El ciudadano JOSÉ RAMÓN ARÉVALO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 13.276.671, invocando su carácter de Juez Nacional de Coleo afiliado a la Asociación de Coleo del estado Amazonas, asistido en este acto por la abogada Lisbeth del Carmen Piña González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 154.353, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral que llevo a cabo "…el proceso de elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y Delegados ante la Asamblea General…" de la mencionada Asociación, para el período 2025-2029, en fecha 10 de julio de 2025. |
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Visto que en fecha 05 de octubre de 2026 se recibió el oficio Nro. 221-26, de fecha 30 de julio de 2026, emanado del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió las resultas de la comisión que le fuere conferida en fecha 10 de junio de 2026, se acordó librar cartel al ciudadano ANTONIO JORGE VARELA COSTA, en el carácter de miembro principal del Consejo de Honor de la Asociación de Coleo del estado Amazonas, a los fines de notificarle del contenido de la sentencia Nro. 105, dictada en fecha 30 de octubre de 2025, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo, se le tendrá por notificado. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2023000072 |
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Los ciudadanos JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ y AGNIS JOSÉ CUICA TORREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.307.478 y V-9.628.993, respectivamente, actuando en el alegado carácter de asociados de la asociación civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), asistidos por el abogado José Rafael Rincón Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.326, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar con suspensión de efectos, contra los actos y actuaciones del Consejo de Administración y Comisión Electoral de la referida caja de ahorros. |
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El abogado José Rafael Rincón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.326, en el cáracter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual solicitó que se fije la oportunidad para celebrar la audiencia en la presente causa. |
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| 2. | AA70E2025000051 |
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Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la urbanización Ciudad Balneario Higuerote, sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, municipio Brión del estado Miranda, asistidas por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de fecha 2 de febrero de 2026, cuya celebración fue pautada para el 5 de marzo del mismo año por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los miembros del órgano directivo de esa sociedad civil para el período 2026-2028. |
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El abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 131.050, apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual consignó oposición de pruebas. |
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| 3. | AA70E2026000031 |
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Los abogados ALFREDO JOSÉ CARLOS D'ASCOLI CENTENO y OLEARY CONTRERAS CARRILLO, actuando en nombre propio y como copropietarios de la oficina Nro. 82 del Edificio Seguros Adriatica, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda Piso 8, Urbanización Altamira, Municipio Chacao, estado Miranda, asistidos por el abogado Agustín Iglesias Villar, interpusieron acción de amparo constitucional con "solicitud de tutela cuartelar innominada", contra las actuaciones dictadas por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, las cuales son auto de fecha 23 de junio de 2026, mediante el cual se admitió la demanda de nulidad interpuesta contra la asamblea extraordinaria de copropietarios del referido edificio y la sentencia interlocutoria de fecha 30 de julio de 2026 en la que se acordó medida cautelar en la presente causa. |
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El abogado Alfredo D'Ascoli, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.308, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual solicitó el decaimiento del objeto. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2018000033 |
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Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, CARLOS JULIO LÓPEZ CHACÓN Y RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, actuando en este acto en el carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado Rodolfo Luis Quijada, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar, contra el "proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta Directiva que conforman los consejos de Administración y Vigilancia, así como la elección de los delegados regionales para el período 2018-2020 de la referida caja de ahorro". |
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El abogado Rodolfo Luis Quijada Marval, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, actuando en su carácter de parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual ratificó solicitud de copias certificadas de la sentencia N° 008 dictada en fecha 18 de marzo de 2021. |
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| 2. | AA70E2022000052 |
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Los ciudadanos ALEXANDER JOSÉ NATERA MARCANO y NICOLÁS ENRIQUE RUIZ OJEDA, titulares de las cédulas de identidad números V-6.481.019 y V-4.053.907, respectivamente, actuando en el carácter de miembros del personal docente y de investigación de la Universidad Nacional Experimental Simón Bolívar (UNESB), asistidos por el abogado William José Coronado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 101.728, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso electoral de los representantes profesorales ante el Consejo Superior, el Consejo Directivo, el Consejo Académico y el Consejo de Apelaciones de la referida universidad, celebrado el 31 de octubre de 2022. |
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El abogado Héctor José Galarraga, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.519, apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la Sentencia Nro. 084 de fecha 30 de septiembre de 2026. |
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| 3. | AA70E2024000023 |
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El abogado HÉCTOR JOSÉ GALARRAGA GIMÉNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.519, actuando en nombre propio y en el carácter de personal administrativo, asistiendo al ciudadano OMAR JESÚS PÉREZ AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.172.006, quien actúa en su carácter de profesor titular, ambos jubilados de la Universidad Nacional Experimental Simón Bolívar (USB), interpusieron recurso contencioso electoral por abstención u omisión, contra el Consejo Directivo de la referida casa de estudios, al no acatar lo dispuesto en la Sentencia Nro. 0047, de fecha 27 de febrero de dos mil veinte (2020), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. |
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El abogado Héctor Galarraga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.° 28.519, actuando en el carácter de parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó copia simple del Reglamento de los Órganos Electorales de la Universidad Simón Bolívar (USB). |
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| 4. | AA70E2024000023 |
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El abogado HÉCTOR JOSÉ GALARRAGA GIMÉNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 28.519, actuando en nombre propio y en el carácter de personal administrativo, asistiendo al ciudadano OMAR JESÚS PÉREZ AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.172.006, quien actúa en su carácter de profesor titular, ambos jubilados de la Universidad Nacional Experimental Simón Bolívar (USB), interpusieron recurso contencioso electoral por abstención u omisión, contra el Consejo Directivo de la referida casa de estudios, al no acatar lo dispuesto en la Sentencia Nro. 0047, de fecha 27 de febrero de dos mil veinte (2020), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. |
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El abogado Héctor Galarraga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.519, parte recurrente, presentó diligencia solicitando pronunciamiento. |
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| 5. | AA70E2025000016 |
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El ciudadano EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° V-6.849.425, y el abogado Rodolfo Luis Quijada Marval, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, quien actúa en su propio nombre y asistiendo al primero, ambos en el alegado carácter de asociados de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFCAMIDE), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las elecciones realizadas en fecha 25 de febrero de 2025 por la COMISIÓN ELECTORAL de la mencionada Caja de Ahorros para el período 2025-2027. |
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El abogado RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, parte recurrente, presentó diligencia reiterando la solicitud de copias certificadas de todo el expediente. |
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| 6. | AA70E2025000048 |
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El abogado RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.° 82.529, actuando en nombre propio y adscrito a los programas de la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada (UNEFA), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso comicial llevado a cabo por la Comisión Electoral para la conformación del Consejo de Administración y del Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), correspondiente al período 2025-2028. |
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El abogado RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, quien actúa en su propio nombre, en el alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), presentó diligencia reiterando la solicitud de copias certificadas de todo el expediente. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2026000021 |
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El abogado PEDRO ANTONIO BELLO CASTILLO, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario del inmueble ubicado en las Residencias Vacacionales Villas del Mar, Coralito IV, del sector Los Corales de la Carretera Nacional Morón-Coro, Tucacas, Municipio Silva del estado Falcón, asistido por la abogada Marilú Bello Castillo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Acta de Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 24 de marzo de 2026, para la elección y juramentación del Presidente, Tesorero, Secretario, Vocal 1 y Vocal 2 de la nueva Junta Directiva de la Asociación Civil Coralito IV Residencias Vacacionales Villas del Mar, así como la nulidad de la Asamblea de Propietarios efectuada en fecha 01 de abril de 2026. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.186 librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN (DISTRIBUIDOR), el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 29 de septiembre de 2026. |
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| 2. | AA70E2026000039 |
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El ciudadano HENRY JOSÉ MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.993.445, actuando en el alegado carácter de Secretario de Organización de la Seccional del Estado Cojedes del Sindicato Único Nacional de Médicos y Médicas (SUNAMED), así como de médico afiliado de base, asistido por el abogado José Antonio Soteldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.213, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la convocatoria a elecciones generales sindicales y nacionales realizada por la Junta Directiva del referido sindicato en fecha 21 de septiembre de 2026, y contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.190, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE MÉDICOS Y MÉDICAS (SUNAMED), recibida por la ciudadana Dorelis Moreno, Coordinadora de Actas, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 02 de octubre de 2026. |
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| 3. | AA70E2026000039 |
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El ciudadano HENRY JOSÉ MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.993.445, actuando en el alegado carácter de Secretario de Organización de la Seccional del Estado Cojedes del Sindicato Único Nacional de Médicos y Médicas (SUNAMED), así como de médico afiliado de base, asistido por el abogado José Antonio Soteldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 59.213, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra la convocatoria a elecciones generales sindicales y nacionales realizada por la Junta Directiva del referido sindicato en fecha 21 de septiembre de 2026, y contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.189, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE MÉDICOS Y MÉDICAS (SUNAMED), recibida por la ciudadana Dorelis Moreno, Coordinadora de Actas, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 02 de octubre de 2026. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |