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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 19/10/2026 | |
| CUENTA, N° 136 | |
| ACTA DE INFORMES ORALES EN | |
| 1. | AA70E2025000035 |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 314.543, actuando en nombre y representación de las ciudadanas EVANYELIS SANTAELLA y MARISABEL VEGAS, titulares de la cédula de identidad Nros. V-27.486.337 y V-21.335.391, respectivamente, en el alegado carácter de trabajadoras activas de la entidad de trabajo Venezolana de Folias (VENEFOIL, C.A.), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso de elecciones de delegados de prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización, todos de fecha 27 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) Guárico al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025. |
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Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo del acto de informes orales. |
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| 2. | AA70E2025000035 |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 314.543, actuando en nombre y representación de las ciudadanas EVANYELIS SANTAELLA y MARISABEL VEGAS, titulares de la cédula de identidad Nros. V-27.486.337 y V-21.335.391, respectivamente, en el alegado carácter de trabajadoras activas de la entidad de trabajo Venezolana de Folias (VENEFOIL, C.A.), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso de elecciones de delegados de prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización, todos de fecha 27 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) Guárico al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025. |
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Abierto el acto, se dejó constancia de la comparecencia de la abogada Heniris Medina, apoderada judicial de la parte recurrente. De igual manera, se dejó constancia de la incomparecencia de la representación judicial de la Comisión Electoral de la referida entidad de trabajo, así como de la GERESAT del estado Guárico, parte recurrida. Por otra parte, se asentó que se encontraba presente el abogado Ed Edward Colina Sanjuan, actuando en su condición de Fiscal Séptimo del Ministerio Público. La Presidenta de la Sala comunicó a los presentes el tiempo del que disponían la parte recurrente y la representación del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales. Finalmente, se declaró terminado el acto. |
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| 3. | AA70E2026000009 |
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Los abogados Julio César Delgado Méndez y José Silverio García Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 39.359 y 36.026, en ese orden, actuando en este acto como representantes judiciales de los ciudadanos YOHANNY PADRÓN CARDOZO, JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JHONNY ROSSVELTH DOCCHIO, titulares de la cédula de identidad Nros V-15.804.383, V-12.393.596 y V-6.324.826, respectivamente, en el alegado carácter de miembros activos y socios de la Asociación Civil Club Oricao, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos y presuntas violaciones, hechos irregulares y vicios cometidos por la Comisión Electoral del mencionado club en la elección del presidente y demás miembros integrantes de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisario para el período 2025-2027, efectuada en fechas 20 y 21 de febrero de 2026. |
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Abierto el acto, se dejó constancia de la comparecencia de los abogados Julio Delgado y José García, apoderados judiciales de la parte recurrente, el abogado Luis Acevedo, apoderado judicial del ciudadano ALFREDO PÉREZ, en el alegado carácter de Vicepresidente de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao (parte recurrida), asistiendo al ciudadano JOSÉ MELÉNDEZ, presidente del referido club. Se dejó constancia que se encontraba presente el abogado Luis Marcano López, Fiscal Cuadragésimo (40°) del Ministerio Público. Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y la representación del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales. Finalmente, se declaró terminado el acto. |
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| 4. | AA70E2026000009 |
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Los abogados Julio César Delgado Méndez y José Silverio García Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 39.359 y 36.026, en ese orden, actuando en este acto como representantes judiciales de los ciudadanos YOHANNY PADRÓN CARDOZO, JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JHONNY ROSSVELTH DOCCHIO, titulares de la cédula de identidad Nros V-15.804.383, V-12.393.596 y V-6.324.826, respectivamente, en el alegado carácter de miembros activos y socios de la Asociación Civil Club Oricao, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos y presuntas violaciones, hechos irregulares y vicios cometidos por la Comisión Electoral del mencionado club en la elección del presidente y demás miembros integrantes de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisario para el período 2025-2027, efectuada en fechas 20 y 21 de febrero de 2026. |
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Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo del acto de informes orales. |
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| DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
| 1. | AA70E2026000045 |
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El abogado Jesús Delgado Cortez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 272.246, actuando en el carácter de apoderado judicial de COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso electoral realizado en fecha 24 de septiembre de 2026, en el cual se eligieron los delegados de prevención y seguridad de la referida entidad de trabajo, Planta Maracaibo. |
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar, de conformidad con lo previsto en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los miembros integrantes de la Comisión Electoral de COCA-COLA FEMSA VENEZUELA S.A., Planta Maracaibo, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de ocho (08) días continuos contados a partir de su notificación. Se designó ponente a la magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a quien se le remitió el expediente a los fines pronunciamiento correspondiente. Se libraron oficios Nros 26-232, 26-233 y despacho. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2025000035 |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 314.543, actuando en nombre y representación de las ciudadanas EVANYELIS SANTAELLA y MARISABEL VEGAS, titulares de la cédula de identidad Nros. V-27.486.337 y V-21.335.391, respectivamente, en el alegado carácter de trabajadoras activas de la entidad de trabajo Venezolana de Folias (VENEFOIL, C.A.), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso de elecciones de delegados de prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización, todos de fecha 27 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) Guárico al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025. |
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Apertura de pieza II. |
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| 2. | AA70E2026000009 |
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Los abogados Julio César Delgado Méndez y José Silverio García Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 39.359 y 36.026, en ese orden, actuando en este acto como representantes judiciales de los ciudadanos YOHANNY PADRÓN CARDOZO, JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JHONNY ROSSVELTH DOCCHIO, titulares de la cédula de identidad Nros V-15.804.383, V-12.393.596 y V-6.324.826, respectivamente, en el alegado carácter de miembros activos y socios de la Asociación Civil Club Oricao, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos y presuntas violaciones, hechos irregulares y vicios cometidos por la Comisión Electoral del mencionado club en la elección del presidente y demás miembros integrantes de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisario para el período 2025-2027, efectuada en fechas 20 y 21 de febrero de 2026. |
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Apertura de pieza II. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2025000035 |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 314.543, actuando en nombre y representación de las ciudadanas EVANYELIS SANTAELLA y MARISABEL VEGAS, titulares de la cédula de identidad Nros. V-27.486.337 y V-21.335.391, respectivamente, en el alegado carácter de trabajadoras activas de la entidad de trabajo Venezolana de Folias (VENEFOIL, C.A.), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso de elecciones de delegados de prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización, todos de fecha 27 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) Guárico al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025. |
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El abogado ED EDWARD COLINA SANJUAN, inscrito en el inpreabogado Nro. 145.177, actuando en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalia Séptima del Ministerio Público (MP), con competencia para actuar ante esta Sala, presentó escrito de opinión fiscal. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2025000020 |
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La ciudadana YETSALIDA CHIQUINQUIRÁ PÉREZ DE ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.529.962, en el alegado carácter de jueza árbitra, afiliada a la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE ATLETISMO (FEVEATLETISMO), asistida por el abogado Daniel Alejandro Leal Lehman, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.694, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral nacional realizado en fecha 25 de abril de 2025, para la elección de las autoridades de la referida federación para el período 2025-2029. |
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El abogado Daniel Alejandro Leal Lehman, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.694, apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó el cartel de emplazamiento publicado en un diario de circulación nacional. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |