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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 20/10/2026 | |
| CUENTA, N° 137 | |
| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2025000054 |
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Los ciudadanos ÁNGEL RAFAEL BASTARDO y JOSÉ GREGORIO DÍAZ MEDINA, titulares de la cédula de identidad Nº V-4.914.481 y V-11.071.786, respectivamente, en el alegado carácter de asociados activos de la Caja de Ahorro y Previsión Social del Poder Judicial (CAPOJUD), asistidos por el abogado Héctor Honorio Hernández Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.105, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra las elecciones realizadas el 20 de noviembre de 2025, organizadas por la Comisión Electoral Nacional de la referida caja de ahorros, destinadas a elegir a la Junta Directiva integrada por el Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados para el período 2025-2028. |
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Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2020000010 |
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Los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLÍVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA y AMIR HOMSY MEDINA, titulares de la cédula de identidad Nros V-10.355.468, V-13.412.633, V-6.326.509 y V-11.090.565, respectivamente, en su condición de representantes de la organización sindical Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), representados en este acto por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 177.626, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda (2.ª), interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones de la referida organización sindical. |
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La abogada Belén Ramírez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 88.534, actuando en su carácter de Defensora Pública Segunda Provisoria con competencia para actuar ante la Sala Electoral, conforme a la Resolución Nº DDPG-2024-280, de fecha 24 de septiembre de 2024, en representación del ciudadano LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, titular de la cédula de identidad Nº V-10.355.468, parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó copia certificada de la sentencia Nº 091, de fecha 11 de agosto de 2022. |
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| OFICIOS RECIBIDOS EN | |
| 1. | AA70E2026000009 |
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Los abogados Julio César Delgado Méndez y José Silverio García Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 39.359 y 36.026, en ese orden, actuando en este acto como representantes judiciales de los ciudadanos YOHANNY PADRÓN CARDOZO, JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JHONNY ROSSVELTH DOCCHIO, titulares de la cédula de identidad Nros V-15.804.383, V-12.393.596 y V-6.324.826, respectivamente, en el alegado carácter de miembros activos y socios de la Asociación Civil Club Oricao, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los actos y presuntas violaciones, hechos irregulares y vicios cometidos por la Comisión Electoral del mencionado club en la elección del presidente y demás miembros integrantes de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisario para el período 2025-2027, efectuada en fechas 20 y 21 de febrero de 2026. doce de marzo de dos mil veintiseis |
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Se recibió el oficio Nº F40NN°TSJ-2026-003, de fecha 20 de octubre de 2026, suscrito por el abogado Luis Erison Marcano López, en su carácter de Fiscal 40º Nacional con Competencia Especial del Ministerio Público para actuar ante la Sala Plena, y las Salas Constitucional, Político-Administrativa y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, contentivo de opinión fiscal. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2026000041 |
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Los abogados OSWALDO JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, NATAN NUCHI BENTOLILA y ROMMEL GUERRERO GALINDO, actuando en nombre propio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 10.178, 36.373 y 38.164, respectivamente, y en el alegado carácter de propietarios de los apartamentos Nueve Raya L (9-L), Tres Raya E (3-E) y Once Raya 11 (11-G), en ese orden, ubicados en el Edificio "Laguna Beach Club", situado en la Urbanización Caribe, Parroquia Caraballeda del estado La Guaira, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral realizado en Asamblea Ordinaria de Propietarios de fecha 11 de julio de 2026, y contra los actos y actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones y omisiones electorales atribuidas a la Junta de Condominio del referido edificio. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 26.214, librado a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del Edificio Laguna Beach Club, recibida por la ciudadana Yarisma Pérez Aparicio, en su condición de asesora de la referida junta, mediante el cual se les notificó el auto de fecha 07 de octubre de 2026. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |