REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 21/10/2026
CUENTA, N° 138

ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2016000076

El ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, aludiendo el carácter de afiliado y miembro del comité ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus Similares y Derivados de Venezuela (FUTPV), asistido por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida de amparo cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la mencionada Federación de fecha 13 de septiembre de 2016.

Los ciudadanos ABRAHAM CORONADO, DONNY SALAS, NELSON GIL y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V-6.077.027, V-10.915.166 y V-9.699.098, respectivamente, asistidos por el abogado Fredy Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 321.593, en su condición de terceros interesados, presentaron escrito de solicitud de adhesión a la causa.


2. AA70E2025000051

Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la urbanización Ciudad Balneario Higuerote, sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, municipio Brión del estado Miranda, asistidas por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de fecha 2 de febrero de 2026, cuya celebración fue pautada para el 5 de marzo del mismo año por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los miembros del órgano directivo de esa sociedad civil para el período 2026-2028.

El abogado José Vicente Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.031, en su carácter de representante sin poder de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, parte recurrida, presentó escrito mediante el cual apeló al auto de fecha 14 de octubre de 2026, dictado por el Juzgado de Sustanciación.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2023000044

Por recibido el oficio Nº 412/2023, de fecha 22 de junio de 2023, emitido por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA, en el carácter de aspirante a la presidencia por la Plancha Nº 1 para las elecciones de la Asociación de Ganaderos del estado Táchira (ASOGATA), asistido por los abogados Jhonny Claret Duque Paz y Paola Andrea Torres Dal Canto, contra la comisión electoral y contra el ciudadano Juan Carlos Parra Balsa, en su condición de aspirante a la presidencia de la Plancha Nº 2, ambos de la referida asociación; remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 22 de junio de 2023, conforme a la cual se declinó la competencia del presente asunto en esta Sala Electoral en fecha 28 de junio de 2024.

La abogada Martha Virginia Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.371, presentó diligencia mediante la cual ratificó su solicitud de copia audiovisual de la audiencia celebrada en fecha 25 de abril de 2024.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2025000051

Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarias de inmuebles ubicados en la urbanización Ciudad Balneario Higuerote, sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, municipio Brión del estado Miranda, asistidas por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de fecha 2 de febrero de 2026, cuya celebración fue pautada para el 5 de marzo del mismo año por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los miembros del órgano directivo de esa sociedad civil para el período 2026-2028.

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 26.231, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y BURÓZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA (DISTRIBUIDOR), el cual envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 15 de octubre de 2026.


2. AA70E2026000042

La ciudadana CARMEN BEATRIZ LEGUIZAMON, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.141.966, en el alegado carácter de copropietaria de un apartamento ubicado en el Conjunto Residencial Fuerza Armada de Cooperación (F.A.C.) de El Valle, distinguido con el Nro. 2, Edificio B, el cual se encuentra situado entre la autopista Coche-Las Tejerías y la avenida Intercomunal de El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, asistida por el abogado Natan Nuchi, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 36.373, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral convocado por la Junta de Condominio (saliente) en fecha 5 y 8 de septiembre de 2026 para elegir a la nueva Junta de Condominio para el período 2026-2027.

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 26.215, librado a los miembros integrantes de la Junta de Condominio (saliente) del Conjunto Residencial Fuerzas Armadas de Cooperación (F.A.C.), recibido por el ciudadano Jesús Carrión, presidente del referido ente, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 7 de octubre de 2026.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez