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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 20/02/2026 | |
| CUENTA, N° 30 | |
| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2025000004 |
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La ciudadana MARÍA TERESA CANTOR PINEDA, actuando en el alegado carácter de militante activa y Diputada al Consejo Legislativo del estado Táchira, electa en elección popular como representante del Circuito N° 03 (zona Montaña Alta) del estado Táchira por la Alianza Democrática, postulada por la Organización Política Partido Demócrata Cristiano COPEI, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos, contra el acto administrativo, dictado en Resolución Conjunta N° 090125-0085 de fecha 09-01-2025, por medio del cual proceden a REVOCAR la designación como Delegada del Partido COPEI y acuerdan la suspensión temporal por un (1) año en toda la actividad política partidista. |
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Auto mediante el cual se ordenó remitir oficio N° oficio N° 1279-235, del 03 de octubre de 2025, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Acosta, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los Juzgados Nacionales de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2023000044 |
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Por recibido oficio N° 412/2023 de fecha 22 de junio de 2023, emitido por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA, alegando el carácter de aspirante a la presidencia de la plancha N° 1 para las elecciones de la Asociación de Ganaderos del Estado Táchira (ASOGATA), asistido por los abogados Jhonny Claret Duque Paz y Paola Andrea Torres Dal Canto, contra la Comisión Electoral y contra el ciudadano Juan Carlos Parra Balsa, en su condición de aspirante a la presidencia de la plancha N° 2, ambos de la referida Asociación, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 22 de junio de 2023, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala Electoral el 28 de junio de 2024. |
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La abogada Milded Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 109.217, apoderada judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento. |
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| 2. | AA70E2025000042 |
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El abogado Antonio María Requena Sosa, actuando en nombre y representación del ciudadano MARCOANTONIO REQUENA SOSA, en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en las Residencias El Doral, Urbanización San Bernardino del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General Extraordinaria en fecha 30 de septiembre de 2025, específicamente con relación a la inelegibilidad de los ciudadanos Floralba Guerra y José Vásquez, para postularse y ser electos en los cargos de Presidenta y Suplente de la Presidenta de la Junta de Condominio del mencionado edificio. |
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El abogado Marcoantonio Requena, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.957, en el cáracter de parte recurrente, consignó escrito mediante el cual presentó oposición de pruebas. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2017000096 |
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Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR). |
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El abogado Pedro Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 238.329, en el alegado carácter de Miembro Directivo Nacional de Movimiento Repúblicano, presentó diligencia mediante la cual solicitó copias certificadas. |
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| 2. | AA70E2026000002 |
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El Abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, en el alegado carácter de Socio Propietario con la condición de accionista Vitalicio de la acción Nro. 0303-0125V de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión del Comité Electoral de la referida organización civil, de excluir a los socios vitalicios en la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025 y la decisión de fecha 14 de diciembre de 2025 que negó el Recurso de Impugnación ejercido contra el padrón electoral preliminar y el cronograma electoral para la elección de la Junta Directiva y del Comisario para el periodo 2026-2028. |
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El ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, parte recurrente, asistido por el abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, consignó diligencia mediante la cual solicitó que se declare improcedente la solicitud de acumulación. |
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| 3. | AA70E2026000004 |
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El ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, en el alegado carácter de Socio Propietario de la acción Nro. 0616 de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, asistido por el abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.714, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la decisión del Comité Electoral de la referida Organización Civil de fecha 8 de enero de 2026, al excluir los Socios Vitalicios en su derecho al sufragio y para la elección de la Junta Directiva y Comisario para el periodo 2026-2028. |
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El ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, parte recurrente, asistido por el abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, consignó diligencia mediante la cual solicitó que se declare improcedente la solicitud de acumulación. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2026000007 |
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El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.142.362, en el alegado carácter de Socio de la Asociación Civil "Club Táchira", asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahit Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpuso Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Acto Administrativo de fecha 27 de enero dictado por la Comisión Electoral de la mencionada Asociación Civil, mediante el cual anuló la inscripción de la plancha postulada por la parte recurrente para el periodo 2026-2027. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.013, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL "CLUB TÁCHIRA", recibida por la ciudadana Darling Espinoza, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 12 de febrero de 2026. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |