REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 17/03/2026
CUENTA, N° 47

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2014000054

WILGEN JOSÉ FERNÁNDEZ MANZANO y NANCY LÓPEZ ALJORNA, interponen "DEMANDA DE NULIDAD" conjuntamente con acción de amparo constitucional, en contra de "…las vías de hecho configurada en actuaciones materiales ejecutadas por el Presidente Nacional de COPEI PARTIDO POPULAR…".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano WILGEN JOSÉ FERNÁNDEZ MANZANO, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.188.393, parte recurrente en su condición de Presidente de la Dirección Estadal de COPEI PARTIDO POPULAR DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala en fecha 26 de noviembre de 2016 dictó Sentencia N°188, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado.


2. AA70E2025000055

Los ciudadanos ARMANDO ANTONIO CEDEÑO MOLERO, DANIEL EMIRO CHACÍN RAMÍREZ, NORBERIS BEATRÍZ VILLALOBOS DE GARCÍA y NORKIS KARINA CONTRERAS ARANDIA, titulares de las cédula de identidad Nros. V-7.961.258, V-10.426.331, V-20.084.980 y V-10.604.705, actuando en el alegado carácter de Integrantes de la Junta Directiva electa para el período 2026-2027, asistidos por el abogado Alexis Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.696, mediante el cual interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Junta Directiva de la Cámara de Industria y Comercio de Cabimas (saliente) por la presunta obstaculización para la entrega de cargos a la nueva Junta Directiva electa en fecha 24 de noviembre de 2025.

Vista la diligencia presentada en fecha 11 de marzo de 2026, por la abogada Teresita del Valle Rangel Maldonado, actuando en el car?cter de apoderada judicial de los ciudadanos ARMANDO ANTONIO CEDE?O MOLERO, DANIEL EMIRO CHAC?N RAM?REZ, NORBERIS BEATR?Z VILLALOBOS DE GARC?A y NORIS KARINA CONTRERAS ARANDIA, en el alegado car?cter de Integrantes de la Junta Directiva electa para el periodo 2026-2027 (parte accionante), solicit? copia certificada del escrito con fecha del 15 de diciembre de 2025 que consta en el folio uno (01) hasta el diez (10) y el escrito con fecha del 13 de enero de 2026 que consta en el folio ciento (150) hasta el folio ciento cincuenta y cuatro (154), esta Sala ACUERDA expedir las certificaciones de los folios uno (01) al diez (10), y del ciento (150) hasta el ciento cincuenta y cuatro (154) todos del presente expediente por cursar en original o en copia certificada.


3. AA70E2020000006

La abogada Nelly Esperanza Escalante, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 53.370, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CARMEN ROSARIO ACOSTA MONTES y ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titulares de la cédula de identidad N° V-10.271.456 y V-2.915.688, en ese orden, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación de Tenis del estado Aragua y Presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral convocado para el día 08 de febrero de 2020 por la comisión electoral de la Federación Venezolana de Tenis.

Vista la diligencia presentada en fecha 11 de marzo de 2026, por el abogado Aldo Savino Aranguren, en su condición de asociado a la Federación Venezolana de Tenis, solicitó copia certificada de la sentencia Nro. 092 publicada el 09 de diciembre de 2021; este Juzgado ACUERDA expedir la certificación de los folios cuatrocientos veinticinco (425) al cuatrocientos cincuenta y dos (452) del presente expediente por cursar en original o en copia certificada.


4. AA70E2026000003

Por recibido Oficio N° 12-01-2026 de fecha 15/01/2026, emanado del Tribunal vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad interpuesto el abogado EDRAS E. BARRIOS P, apoderado judicial de la ciudadana JACKELIN J. RENGEL R, en el alegado carácter de propietaria de un inmueble ubicado en el Edf. METROBERA, de la Urb. El Silencio, Av. Este 8, parroquia Santa Teresa del Municipio Bolivariano Libertador del Dtto. Capital, contra la Nulidad de los acuerdos de Asamblea de Propietarios realizada por la Junta de Condominio (saliente) el 13 de septiembre de 2025, donde se eligieron a los miembros integrantes de la nueva Junta Directiva del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 07/01/2026 declaró su incompetencia y declinó el presente asunto a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

RECEPCION DE LOS ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y EL INFORME SOBRE LOS ASPECTOS DE HECHO Y DE DERECHO: Por recibido en esta misma fecha escrito suscrito por los ciudadanos Cipriano Fernando Fernández Sosa, Saira Carolina Morales, Lissette Karim Escobar G. y Marilyn Méndez Pino, titulares de la cédula de identidad N° V-5.542.424, V-10.395.955, V-10.920.337 y V-10.533.630, respectivamente, en el alegado carácter de miembros de la Junta de Condominio del Edificio Metrobera, asistidos por las dos últimas personas mencionadas, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 97.805 y 178.209, en ese orden, mediante el cual consigna los antecedentes administrativos y el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito con los recaudos anexos.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2025000052

Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso.

El abogado Luis Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, en el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicito copias simples de los folios 113 al 153.


2. AA70E2026000003

Por recibido Oficio N° 12-01-2026 de fecha 15/01/2026, emanado del Tribunal vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad interpuesto el abogado EDRAS E. BARRIOS P, apoderado judicial de la ciudadana JACKELIN J. RENGEL R, en el alegado carácter de propietaria de un inmueble ubicado en el Edf. METROBERA, de la Urb. El Silencio, Av. Este 8, parroquia Santa Teresa del Municipio Bolivariano Libertador del Dtto. Capital, contra la Nulidad de los acuerdos de Asamblea de Propietarios realizada por la Junta de Condominio (saliente) el 13 de septiembre de 2025, donde se eligieron a los miembros integrantes de la nueva Junta Directiva del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 07/01/2026 declaró su incompetencia y declinó el presente asunto a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

Los ciudadanos Cipriano Fernando Fernández Sosa, Saira Carolina Morales, Lissette Karim Escobar G. y Marilyn Méndez Pino, titulares de la cédula de identidad N° V-5.542.424, V-10.395.955, V-10.920.337 y V-10.533.630, respectivamente, en el alegado carácter de miembros de la Junta de Condominio del Edificio Metrobera, asistidos por las dos últimas personas mencionadas, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 97.805 y 178.209, en ese orden, consignaron diligencia mediante la cual otorgaron poder apd acta a las abogadas asistentes.


3. AA70E2026000006

Por recibido Oficio Nro. 009-2026 de fecha 29 de enero de 2026, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante el cual remitió amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos PILAR GUERRA, PROSPERO GONZÁLEZ, MARÍA GUZMÁN, LUIS TORRES, MIGUEL FRAINO, DARIALYS CASTILLO, CAROLINA STELLING, LUIS GONZÁLEZ, JESÚS MANZANERO, JESÚS VARGAS, JOSÉ HERNÁNDEZ, JUAN LOZADA, todos aspirantes a la elección de la Junta Directiva del Centro Social Canario Venezolano periodo 2026-2027, asistidos por el abogado José Manuel Arteaga Stelling, contra los hechos, actos y omisiones cometido por la Comisión Electoral responsable del proceso de elección de las autoridades del referido Centro Social, para el periodo correspondiente 2026-2027, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 21 de enero de 2026 declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral.

El abogado Juan Carlos Villegas, inscrito en el Inpreabogado Nº 136.227, en el carácter de propietario socio del Centro Social Deportivo Canario Venezolano, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia del retiro de copias certificadas.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2014000054

WILGEN JOSÉ FERNÁNDEZ MANZANO y NANCY LÓPEZ ALJORNA, interponen "DEMANDA DE NULIDAD" conjuntamente con acción de amparo constitucional, en contra de "…las vías de hecho configurada en actuaciones materiales ejecutadas por el Presidente Nacional de COPEI PARTIDO POPULAR…".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.051 librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico el auto de fecha 16 de marzo de 2026.


2. AA70E2025000007

El ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.617.497, en el carácter de elector habilitado de la Asociación Regional de Beisbol del estado Bolívar (ASOBEISBOL), asistido por la abogada Adelaida Loroño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.616, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la comisión electoral de la mencionada asociación regional.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.048 librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR (DISTRIUIDOR), el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico el auto de fecha 09 de marzo de 2026.


3. AA70E2025000050

Por recibido Oficio Nro. 507-25 de fecha 02 de diciembre de 2025, emanado del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad de Acta de Asamblea, interpuesta por la ciudadana MARTHA ELIZABETH MALDONADO NAVARRO, asistida por el abogado José Gregorio Orfila Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.797, contra Acta de Asamblea realizada en fecha 17 de junio de 2025 por la Junta de Condominio del conjunto Residencial Las Clavenillas ubicado en Colinas de la California, del Municipio Sucre, donde se eligieron a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia Interlocutoria de fecha 21 de noviembre de 2025 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.025, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL LAS CLAVELLINAS, recibido por el ciudadano Juan Arguello, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 02 de marzo de 2026.


4. AA70E2025000050

Por recibido Oficio Nro. 507-25 de fecha 02 de diciembre de 2025, emanado del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad de Acta de Asamblea, interpuesta por la ciudadana MARTHA ELIZABETH MALDONADO NAVARRO, asistida por el abogado José Gregorio Orfila Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.797, contra Acta de Asamblea realizada en fecha 17 de junio de 2025 por la Junta de Condominio del conjunto Residencial Las Clavenillas ubicado en Colinas de la California, del Municipio Sucre, donde se eligieron a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia Interlocutoria de fecha 21 de noviembre de 2025 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a la ciudadana MARTHA ELIZABETH MALDONADO NAVARRO, parte recurrente, recibido por el abogado José Orfila, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 96.797 apoderado judicial de la parte antes mencionada, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 011 de fecha 26 de febrero de 2026.


5. AA70E2026000006

Por recibido Oficio Nro. 009-2026 de fecha 29 de enero de 2026, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante el cual remitió amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos PILAR GUERRA, PROSPERO GONZÁLEZ, MARÍA GUZMÁN, LUIS TORRES, MIGUEL FRAINO, DARIALYS CASTILLO, CAROLINA STELLING, LUIS GONZÁLEZ, JESÚS MANZANERO, JESÚS VARGAS, JOSÉ HERNÁNDEZ, JUAN LOZADA, todos aspirantes a la elección de la Junta Directiva del Centro Social Canario Venezolano periodo 2026-2027, asistidos por el abogado José Manuel Arteaga Stelling, contra los hechos, actos y omisiones cometido por la Comisión Electoral responsable del proceso de elección de las autoridades del referido Centro Social, para el periodo correspondiente 2026-2027, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 21 de enero de 2026 declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral.


El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.023 librado al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO COJEDES (DISTRIBUIDOR), el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico el auto de fecha 03 de marzo de 2026.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez