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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 23/03/2026 | |
| CUENTA, N° 51 | |
| DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
| 1. | AA70E2025000050 |
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Por recibido Oficio Nro. 507-25 de fecha 02 de diciembre de 2025, emanado del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad de Acta de Asamblea, interpuesta por la ciudadana MARTHA ELIZABETH MALDONADO NAVARRO, asistida por el abogado José Gregorio Orfila Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.797, contra Acta de Asamblea realizada en fecha 17 de junio de 2025 por la Junta de Condominio del conjunto Residencial Las Clavenillas ubicado en Colinas de la California, del Municipio Sucre, donde se eligieron a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia Interlocutoria de fecha 21 de noviembre de 2025 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de la decisión correspondiente. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2016000026 |
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La abogada Dubia del Carmen Bastardo de Graterol, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HENRY CUMARE, ZALEMA SALAZAR, NOHELIA SUAREZ, INES CASTILLO y ANA LUISA FIGUERA, representantes de la COMISIÓN ELECTORAL SINDICAL del 'SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSERVA DEL PESCADO DEL ESTADO SUCRE, interpuso amparo constitucional por la presunta violación a la democracia sindical contra el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Conserva del Pescado del estado Sucre. |
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Se acordó ratificar comisión al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción del estado Sucre, a los fines de notificar a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores Profesionales de la Industria de la Conserva del Pescado del estado Sucre la sentencia Nro. 061 dictada en fecha 02 de diciembre de 2019. Se libró oficio y despacho. |
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| 2. | AA70E2025000050 |
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Por recibido Oficio Nro. 507-25 de fecha 02 de diciembre de 2025, emanado del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad de Acta de Asamblea, interpuesta por la ciudadana MARTHA ELIZABETH MALDONADO NAVARRO, asistida por el abogado José Gregorio Orfila Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.797, contra Acta de Asamblea realizada en fecha 17 de junio de 2025 por la Junta de Condominio del conjunto Residencial Las Clavenillas ubicado en Colinas de la California, del Municipio Sucre, donde se eligieron a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia Interlocutoria de fecha 21 de noviembre de 2025 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Por recibido en esta misma fecha escrito suscrito por el abogado Jorge Luis Albino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.790, en el alegado carácter de apoderado judicial de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial Las Clavellinas, mediante el cual consigna los antecedentes administrativos y el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito con los recaudos anexos. |
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| 3. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-635.158, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos LISBETH GARCÍA HERMOSO, MIGUEL GIRÓN, CESAR HERNÁNDEZ y otros, titulares de la cédula de identidad nros. V-5.973.311, V-7.367.797 y V-9.882.314, respectivamente, en su condición de candidatos postulados a los diferentes cargos que integran la junta Directiva de la Asociación Civil Monteclaro Country Club periodo 2026-2028, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala en fecha 26 de febrero de 2026, dictó Sentencias N° 003 y N° 007. |
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| 4. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-635.158, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a todos LOS SOCIOS QUE INTEGRAN LA ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala en fecha 26 de febrero de 2026, dictó Sentencias N° 003 y N° 007. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2025000042 |
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El abogado Antonio María Requena Sosa, actuando en nombre y representación del ciudadano MARCOANTONIO REQUENA SOSA, en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en las Residencias El Doral, Urbanización San Bernardino del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General Extraordinaria en fecha 30 de septiembre de 2025, específicamente con relación a la inelegibilidad de los ciudadanos Floralba Guerra y José Vásquez, para postularse y ser electos en los cargos de Presidenta y Suplente de la Presidenta de la Junta de Condominio del mencionado edificio. |
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El abogado MARCOANTONIO REQUENA SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.957, en el cáracter de parte recurrente, consignó escrito mediante el cual presentó informe conclusivo. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2022000026 |
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El abogado Williams Enrique Fernández Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.061, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la nulidad del proceso para elegir las autoridades de la referida organización Federativa para el período 2021-2025. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.022, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL AD HOC DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO (FVKD), recibido por el ciudadano Luis Olivero, Tesorero de (FVKD), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 014 de fecha 26 de febrero de 2026. |
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| 2. | AA70E2022000026 |
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El abogado Williams Enrique Fernández Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.061, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la nulidad del proceso para elegir las autoridades de la referida organización Federativa para el período 2021-2025. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.020, librado al ciudadano FRANKLIN AMILKAR CARDILLO ROMERO, Presidente del Instituto Nacional de Deporte (IND), recibido por la ciudadana Eveling Garcias, Asistente del Departamento de Consultoría Jurídica del (IND), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 014 de fecha 26 de febrero de 2026. |
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| 3. | AA70E2022000026 |
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El abogado Williams Enrique Fernández Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.061, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la nulidad del proceso para elegir las autoridades de la referida organización Federativa para el período 2021-2025. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.021, librado a la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO (FVKD), recibido por el ciudadano Luis Olivero, Tesorero de la (FVKD), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 014 de fecha 26 de febrero de 2026. |
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| 4. | AA70E2025000053 |
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El ciudadano FELIX ALEXANDER FERNÁNDEZ MIRABAL, titular de la cédula de identidad N° V-17.284.044, actuando en su condición de propietario y asistido por el abogado Oswaldo Alexander Gonzalez Mendoza inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 295.196, interpusieron recurso contencioso electoral de impugnación contra el Acta de Asamblea de Propietarios del Edificio Pádula ubicado en la Avenida Avila de Bello Campo, realizada en fecha 13 de noviembre de 2025. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.446, librado a la MIEMBROS INTEGRANTES DE LA ADMINISTRADORA DEL EDIFICIO PÁDULA, recibida por la ciudadana Nohelia Martínez, Recepcionista del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó el auto de fecha 15 de diciembre de 2025. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |