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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 26/03/2026 | |
| CUENTA, N° 54 | |
| NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
| 1. | AA70E2026000013 |
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Por recibido el oficio Nro. 26-108 de fecha 09 de febrero de 2026, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, mediante el cual remitió amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos IVAN R. HERNÁNDEZ G, EGAL A. PINEDA H., GUSTAVO E. CANELON F. y LUISA M. GUTIERREZ, en el alegado carácter de Copropietarios de inmuebles del Conjunto Residencial CENTRO LOTERÍA DE ORIENTE, ubicado en la ciudad de Maturín edo. Monagas, asistido por el abogado Argenis Villanueva, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.759, contra los ciudadanos Adalberto J. Yanes R. y Mery Marcano, en su condición de Presidente y Administradora de la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 03 de febrero de 2026 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se recibió acción de amparo constitucional. |
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| 2. | AA70X2026000005 - AA70E2025000052 |
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CUADERNO SEPARADO CON MEDIDA: El abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, apoderado judicial de los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA PINO, IRMA RODRÍGUEZ, MANUEL ANDRADE y MARÍA FERREIRA, titulares de las cédula de identidad números. V-14.127.456, V-17.140.144, V- 5.528.197, V-4.679.491 y V-10.383.693, respectivamente, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta, Tesorero y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación Civil mediante el cual interpuso medida cautelar con amparo solicitando la suspensión y los efectos de la decisión definitiva realizada por el Tribunal Disciplinario (TD-2025-001) de fecha 18 de febrero 2026 "… por la presunta violación del derecho al debido proceso, la jerarquía estatutaria y la paz social del club …" |
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Se acordó abrir cuaderno separado. |
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| DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
| 1. | AA70X2026000005 - AA70E2025000052 |
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CUADERNO SEPARADO CON MEDIDA: El abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, apoderado judicial de los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA PINO, IRMA RODRÍGUEZ, MANUEL ANDRADE y MARÍA FERREIRA, titulares de las cédula de identidad números. V-14.127.456, V-17.140.144, V- 5.528.197, V-4.679.491 y V-10.383.693, respectivamente, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta, Tesorero y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación Civil mediante el cual interpuso medida cautelar con amparo solicitando la suspensión y los efectos de la decisión definitiva realizada por el Tribunal Disciplinario (TD-2025-001) de fecha 18 de febrero 2026 "… por la presunta violación del derecho al debido proceso, la jerarquía estatutaria y la paz social del club …" |
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Se designó Ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2025000045 |
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El abogado Augusto Adolfo Calzadilla Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.620, en el carácter de apoderado judicial de la ciudadana IVET MARÍA ZAMORA ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.665.120, en el carácter de Directora de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios del Complejo Turístico el Morro (APMO), ubicado en la ciudad de Lechería Municipio Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto electoral celebrado en la Asamblea General Extraordinaria de fecha 19 de octubre de 2025, convocada por el ciudadano Sergio Leonardo Ramos Aguado, en el carácter de Presidente de la Junta Directiva del referido Complejo Turístico (Periodo 2022), en la que se eligieron las autoridades de dicha Asociación para el periodo 2025-2028. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE PROPIETARIOS DEL COMPLEJO TURÍSTICO EL MORRO (APMO), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala en fecha 17 de diciembre de 2024, dictó Sentencias N° 127. |
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| 2. | AA70E2025000045 |
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El abogado Augusto Adolfo Calzadilla Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.620, en el carácter de apoderado judicial de la ciudadana IVET MARÍA ZAMORA ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.665.120, en el carácter de Directora de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios del Complejo Turístico el Morro (APMO), ubicado en la ciudad de Lechería Municipio Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acto electoral celebrado en la Asamblea General Extraordinaria de fecha 19 de octubre de 2025, convocada por el ciudadano Sergio Leonardo Ramos Aguado, en el carácter de Presidente de la Junta Directiva del referido Complejo Turístico (Periodo 2022), en la que se eligieron las autoridades de dicha Asociación para el periodo 2025-2028. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos SERGIO RAMOS Y ÁLVARO GALLEGOS, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 3.774.391 y V- 15.874.825, respectivamente, en el alegado carácter de MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE PROPIETARIOS DEL COMPLEJO TURÍSTICO EL MORRO (APMO) período 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala en fecha 17 de diciembre de 2024, dictó Sentencia N° 127. |
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| 3. | AA70E2025000052 |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso. |
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Visto el escrito presentado en fecha 10 de marzo de 2026, por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, apoderado judicial de los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA PINO, IRMA RODRÍGUEZ, MANUEL ANDRADE y MARÍA FERREIRA, en el alegado carácter de presidente de la asociación civil monteclaro country club, presidenta, vicepresidenta, tesorero y secretaria del comité electoral de la referida asociación civil (parte recurrente), mediante el cual solicitó "medida cautelar de amparo", a los fines de suspender los efectos de la decisión definitiva realizada por el tribunal disciplinario (td-2025-001) de fecha 18 de febrero 2026 "por la presunta violación del derecho al debido proceso, la jerarquía estatutaria y la paz social del club " se acordó abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida solicitud. |
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| 4. | AA70E2025000052 |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso. |
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Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la solicitud formulada por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, apoderado judicial de los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA PINO, IRMA RODRÍGUEZ, MANUEL ANDRADE y MARÍA FERREIRA, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta, Tesorero y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación Civil mediante el cual interpuso medida cautelar con amparo solicitando la suspensión y los efectos de la decisión definitiva realizada por el Tribunal Disciplinario (TD-2025-001) de fecha 18 de febrero 2026 "por la presunta violación del derecho al debido proceso, la jerarquía estatutaria y la paz social del club", se acordó abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida solicitud. |
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| 5. | AA70E2025000052 |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso. |
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Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2026000011 |
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El ciudadano FERMIN ORLANDO CONDE ESPINOZA, actuando en el carácter de Presidente del Instituto de Previsión Social del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (IPAPEDI), asistido por el abogado LUIS MARTIN DELGADO NIÑO, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa Nº SCA-PA-001-2026, emitida por la Superintendencia de Cajas de Ahorros (SUDECA) de fecha 04 de marzo de 2026. |
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El ciudadano FERMIN ORLANDO CONDE ESPINOZA, actuando en el carácter de Presidente del Instituto de Previsión Social del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (IPAPEDI), asistido por el abogado Luis Martin Delgado Niño, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, presentó escrito mediante el cual consignó documentos. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2025000055 |
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Los ciudadanos ARMANDO ANTONIO CEDEÑO MOLERO, DANIEL EMIRO CHACÍN RAMÍREZ, NORBERIS BEATRÍZ VILLALOBOS DE GARCÍA y NORKIS KARINA CONTRERAS ARANDIA, titulares de las cédula de identidad Nros. V-7.961.258, V-10.426.331, V-20.084.980 y V-10.604.705, actuando en el alegado carácter de Integrantes de la Junta Directiva electa para el período 2026-2027, asistidos por el abogado Alexis Palmar Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.696, mediante el cual interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Junta Directiva de la Cámara de Industria y Comercio de Cabimas (saliente) por la presunta obstaculización para la entrega de cargos a la nueva Junta Directiva electa en fecha 24 de noviembre de 2025. |
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La abogada Teresita del Valle Rangel, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 236.149, en el cáracter de apoderada judicial de la parte accionante, consignó diligencia mediante la cual retiró copias certificadas. |
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| 2. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-635.158, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó el cartel de emplazamiento publicacado en un diario de circulación nacional. |
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| 3. | AA70E2026000011 |
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El ciudadano FERMIN ORLANDO CONDE ESPINOZA, actuando en el carácter de Presidente del Instituto de Previsión Social del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (IPAPEDI), asistido por el abogado LUIS MARTIN DELGADO NIÑO, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa Nº SCA-PA-001-2026, emitida por la Superintendencia de Cajas de Ahorros (SUDECA) de fecha 04 de marzo de 2026. |
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El ciudadano FERMIN ORLANDO CONDE ESPINOZA, actuando en el carácter de Presidente del Instituto de Previsión Social del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (IPAPEDI), asistido por el abogado Luis Martin Delgado Niño, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder apud acta al abogado asistente. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2016000026 |
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La abogada Dubia del Carmen Bastardo de Graterol, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HENRY CUMARE, ZALEMA SALAZAR, NOHELIA SUAREZ, INES CASTILLO y ANA LUISA FIGUERA, representantes de la COMISIÓN ELECTORAL SINDICAL del 'SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSERVA DEL PESCADO DEL ESTADO SUCRE, interpuso amparo constitucional por la presunta violación a la democracia sindical contra el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Conserva del Pescado del estado Sucre. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.054, librado al JUZGADO PRIMERO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 23 de marzo de 2026. |
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| 2. | AA70E2026000003 |
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Por recibido Oficio N° 12-01-2026 de fecha 15/01/2026, emanado del Tribunal vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad interpuesto el abogado EDRAS E. BARRIOS P, apoderado judicial de la ciudadana JACKELIN J. RENGEL R, en el alegado carácter de propietaria de un inmueble ubicado en el Edf. METROBERA, de la Urb. El Silencio, Av. Este 8, parroquia Santa Teresa del Municipio Bolivariano Libertador del Dtto. Capital, contra la Nulidad de los acuerdos de Asamblea de Propietarios realizada por la Junta de Condominio (saliente) el 13 de septiembre de 2025, donde se eligieron a los miembros integrantes de la nueva Junta Directiva del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 07/01/2026 declaró su incompetencia y declinó el presente asunto a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.052, librado a la MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO METROBERA, recibida por la ciudadana Lisette Karim Escobar, Presidenta del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó el auto de fecha 20 de marzo de 2026. |
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| 3. | AA70E2026000003 |
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Por recibido Oficio N° 12-01-2026 de fecha 15/01/2026, emanado del Tribunal vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad interpuesto el abogado EDRAS E. BARRIOS P, apoderado judicial de la ciudadana JACKELIN J. RENGEL R, en el alegado carácter de propietaria de un inmueble ubicado en el Edf. METROBERA, de la Urb. El Silencio, Av. Este 8, parroquia Santa Teresa del Municipio Bolivariano Libertador del Dtto. Capital, contra la Nulidad de los acuerdos de Asamblea de Propietarios realizada por la Junta de Condominio (saliente) el 13 de septiembre de 2025, donde se eligieron a los miembros integrantes de la nueva Junta Directiva del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 07/01/2026 declaró su incompetencia y declinó el presente asunto a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a la ciudadana JACKELINE JOSEFINA RANGEL RIVERO, parte recurrente, y/o a su apoderado judicial el abogado Edras Enrique Barrios Pargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 264.632, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 20 de marzo de 2026. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |