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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 17/04/2026 | |
| CUENTA, N° 65 | |
| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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| 2. | AA70X2022000009 - AA70E2022000037 |
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Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, denunciaron el desacato a la sentencia N° 065 dictada por esta Sala en fecha 14 de julio de 2022, en la que se declaró procedente el amparo cautelar. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana SANDRA CARNEVALE SABELLI, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.628.173 parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala en fecha 01 de junio de 2023, dictó sentencia N° 058, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificada. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2023000037 |
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Los ciudadanos CARLOS ENRRIQUE AREVALO POUCHOULO, DORIS IRALY BAUTISTA PULGAR, LUIS ALBERTO BENÍTEZ BETANCOURT, DELINGER JOSE UMBRIA BLANCO, ARGELIA ALEJANDRA MEZA y Otros, titulares de las cédula de identidad N° V- 13.828.647, V-12.204.591, V-6.449.712, V-13.538.352, V-13.070.465, respectivamente, todos actuando en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (CAPSEOJPAN), asistidos por la abogada Egle Coromoto Pérez, inscrita en el Inpreabogado N° 21.310, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la decisión dictada en el Acta de fecha 28 de abril del 2023 por los miembros integrantes de la Comisión Electoral de esa Caja de Ahorros. |
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El ciudadano IGNACIO AVILA GUERRA, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.482.546, parte recurrida, debidamente asistido por la abogada Brigida Contreras inscrita en el Inpreabogado Nro. 17.175, presentó escrito solicitando la revocatoria de la medida cautelar. |
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| 2. | AA70E2025000022 |
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Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de Presidente, Primer Vicepresidente, Sub Secretario, Tesorero, Consultor Jurídico, Bibliotecario, Segundo Vocal y Sexto Vocal de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA (electa el 01 de febrero de 2025), asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictado por el Tribunal Disciplinario de la referida asociación en fecha 30 de abril de 2025. |
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El abogado Henry Escalona Melendez. inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.629, en el carácter de apoderado judicial del tercer interesado, consignó escrito de adhesión a la solicitud del decaimiento realizada en fecha 15 de enero de 2026. |
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| 3. | AA70E2026000007 |
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El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.142.362, en el alegado carácter de Socio de la Asociación Civil "Club Táchira", asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahit Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpuso Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Acto Administrativo de fecha 27 de enero dictado por la Comisión Electoral de la mencionada Asociación Civil, mediante el cual anuló la inscripción de la plancha postulada por la parte recurrente para el periodo 2026-2027. |
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El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.142.362, en el alegado carácter de Socio de la Asociación Civil "Club Táchira", parte recurrente, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahit Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, presentó escrito mediante el cual realizó reforma del libelo. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2017000096 |
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Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR). |
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La abogada Adriana Carolina Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 297.063, actuando con el carácter de Defensor Público Provisorio Segundo con competencia para actuar ante la Sala Electoral, en representación de los ciudadanos JUAN PABLO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y NILMA JOSEFINA MARTÍNEZ, en el alegado carácter de Secretario General Nacional e integrante de la Comisión de Ética de la organización con fines políticos Movimiento Republicano, respectivamente, presentó diligencia mediante el cual solicitó pronunciamiento. |
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| 2. | AA70E2022000055 |
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Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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La abogada Adriana Carolina Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 297.063, actuando con el carácter de Defensor Público Provisorio Segundo con competencia para actuar ante la Sala Electoral, en representación de los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO, titulares de las cedula de identidad N° V-5.458.260 y V-4.218.795, respectivamente, parte accionante, presentó diligencia mediante el cual solicitó pronunciamiento. |
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| 3. | AA70E2023000044 |
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Por recibido oficio N° 412/2023 de fecha 22 de junio de 2023, emitido por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA, alegando el carácter de aspirante a la presidencia de la plancha N° 1 para las elecciones de la Asociación de Ganaderos del Estado Táchira (ASOGATA), asistido por los abogados Jhonny Claret Duque Paz y Paola Andrea Torres Dal Canto, contra la Comisión Electoral y contra el ciudadano Juan Carlos Parra Balsa, en su condición de aspirante a la presidencia de la plancha N° 2, ambos de la referida Asociación, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 22 de junio de 2023, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala Electoral el 28 de junio de 2024. |
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La abogada Martha Virginia Gilles, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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| 4. | AA70E2025000052 |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso. doce de diciembre de dos mil veinticinco |
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La ciudadana DANIELA SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.334.902, en el alegado carácter de socia de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, asistida por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual solicitó adherirse a la presente causa. |
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| 5. | AA70E2025000052 |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso. doce de diciembre de dos mil veinticinco |
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El ciudadano CARMELO CAPPADONNA, titular de la cédula de identidad Nº 17.423.432, en el alegado carácter de socio de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, asistido por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual solicitó adherirse a la presente causa. |
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| 6. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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El ciudadano Carmelo Cappadonna, titular de la cedula de identidad Nº 17.423.432, en el alegado carácter de Candidato a la Elección de la Junta Directiva de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, asistido por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual solicitó adherirse a la presente causa. |
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| 7. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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La ciudadana DANIELA SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 19.334.902, en el alegado carácter de Candidata a la Elección de la Junta Directiva de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, asistida por el abogado Luis Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual solicitó adherirse a la presente causa. |
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| 8. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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La ciudadana Elizabeth Van Sijtveld, titular de la cedula de identidad Nº 5.539.843, en el alegado carácter de Candidata a la Elección de la Junta Directiva de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, asistida por el abogado Luis Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual solicitó adherirse a la presente causa. |
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| 9. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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El ciudadano DAVID YÉPEZ CALZADILLA, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.127.456, en su condición de socio de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, asistido por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual solicitó adherirse a la presente causa. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2026000012 |
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El abogado Robín Luis Gámez Avilés, inscrito en el Inpreabogado N° 225.253, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos RAMÓN EUDORO FERRER MOROS y ALBERTO JOSÉ GONZÁLEZ ARENAS, titulares de la cédula de identidad números V-3.739.349, V-5.117.818, respectivamente, todos afiliados a la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (ASOJUPDISIP), interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva y el Consejo Electoral de la mencionada Asociación, "…por la conducta omisiva que han mantenido por el lapso de seis (6) años…". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada los ciudadanos ROBÍN LUIS GÁMEZ AVILÉS, RAMÓN EUDORO FERRER MOROS Y ALBERTO JOSÉ GONZÁLEZ ARENAS, parte accionante, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 032 de fecha 27 de marzo de 2026. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |