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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 27/04/2026 | |
| CUENTA, N° 71 | |
| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2014000054 |
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Los ciudadanos WILGEN JOSÉ FERNÁNDEZ MANZANO y NANCY LÓPEZ ALJORNA, interpusieron "DEMANDA DE NULIDAD" conjuntamente con acción de amparo constitucional, en contra de "…las vías de hecho configurada en actuaciones materiales ejecutadas por el Presidente Nacional de COPEI PARTIDO POPULAR…". |
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Se recibió oficio N° 128-2026 de fecha 13 de abril del 2026, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 16 de marzo de 2026, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo. |
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| 2. | AA70E2025000052 |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso. doce de diciembre de dos mil veinticinco |
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En el día de hoy, veintisiete (27) de abril de 2026, los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijiveld Matas, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 115.922 y 32.220, respectivamente, actuando en representación de los ciudadanos David Yépez Calzadilla, Gabriela Pino, Irma Rodríguez, Manuel Andrade y María Ferreira, en el carácter de presidente d la Asociación Civil Monteclaro Country Club, presidenta, director, director y secretaria de la Comisión Electoral de la mencionada organización civil, en ese orden, en el carácter de miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, recurrentes, consignaron escrito mediante el cual promovieron pruebas, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar la diligencia consignada hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción. |
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| 3. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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Vista la diligencia presentada en fecha 24 de abril de 2026, por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado Nro. 115.922, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte recurrida, mediante la cual solicitó un (01) juego de copias certificadas del anexo diez (10) que riela en los folios setenta y dos (72) al setenta y cinco (75), vuelto ambos inclusive, de la pieza Nro.1 del expediente judicial, esta Sala NEGÓ su certificación por no cursar en original, hecho éste que impide su confrontación, de allí que se ordenó su expedición en copia simple. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2026000002 |
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El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028. |
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Los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijtveld Matas, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 115.922 y 32.220, respectivamente, en el carácter de apoderados de la parte recurrida, consignaron escrito de oposición de pruebas. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |