REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 30/04/2026
CUENTA, N° 74

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2026000020

La ciudadana MARTHA ELILZABETH MALDONADO NAVARRO, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.931.251, en el alegado carácter de propietaria de un apartamento en la Torre 3, piso 2 Nro. 3-2, Residencias las Clavellinas, ubicado en Colinas de la California, calle Santa Margarita, del Municipio Sucre del Distrito Capital, asistida por los abogados José Gregorio Orfila Hernández y Edwin Lossada, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 96.797 y 52.805, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Acta de Asamblea celebrada el día 16 de abril de 2026 por la Junta de Condominio (saliente) de la mencionada residencia, donde se elegió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2026-2027.

Se recibió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar.


2. AA70E2026000021

El abogado PEDRO ANTONIO BELLO CASTILLO, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de inmueble ubicado en las Residencias Vacacionales Villas del Mar, Coralito IV, del sector Los Corales de la Carretera Nacional Morón-Coro Tucacas, Municipio Silva del estado Falcón, asistido por la abogada Marilú Bello Castillo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Acta de Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 24 de marzo de 2026, para la elección y juramentación del Presidente, Tesorero, Secretario, Vocal 1 y Vocal 2 de la nueva Junta de Directiva de la Asociación Civil Coralito IV Residencias Vacacionales Villas del Mar, así como la nulidad de la Asamblea de Propietarios efectuada en fecha 01 de abril de 2026.

Se recibió recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar.


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2026000017

Las ciudadanas MARÍA TERESA NOGALES AMOR, SANDRA COROMOTO ROMERO BARBERA, RITA RICCI ZITELLA e ISOLINA DI DONATO BARNABEI, titulares de la cédula de identidad Nros. V-6.821.109, V-6.396.171, V-8.682.325 y E-983.561, respectivamente, en el alegado carácter de Propietarias e Integrantes de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), asistidas por los abogados Susana Leonor Rodríguez y Carlos David González Filot, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 124.588 y 52.055, en ese orden, mediante la cual interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos contra la conformación de la Comisión Electoral de la mencionada Asociación, electa en Asamblea General Extraordinaria de asociados de fecha 21 de octubre de 2025, contra el cronograma electoral del 30 de marzo de 2026 y el proceso electoral que lleva a cabo la referida Comisión Electoral para la elección de las autoridades de dicha asociación.

Se designó ponente a la Magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la inhibición propuesta.


2. AA70E2026000019

Por recibido el oficio N° 30-04-2026 de fecha 27 de abril de 2026, emanado del Tribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió recurso contencioso electoral con medida cautelar, interpuesta por la ciudadana TIZIANA MARÍA RANZOLIN C., titular de la cédula de identidad N°. V-10.334.547 en el alegado carácter de propietaria de un apartamento ubicado en las RESIDENCIAS TAMANACO, Urb. El Llanito, del Municipio Sucre estado Bolivariano de Miranda, asistida por el abogado Juan Laguardia M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 279.375, contra la Asamblea General de Copropietarios realizada en fecha 12 de marzo de 2026, conforme al cual, el mencionado Juzgado dictó Sentencia en fecha 16 de abril de 2026 declarando su incompetencia y declinó el conocimiento en esta Sala.

Se designó ponente a la MAGISTRADA FANNY BEATRÍZ MÁRQUEZ CORDERO a quien se le remitió el expediente a los fines del pronunciamiento correspondiente.


3. AA70E2026000020

La ciudadana MARTHA ELILZABETH MALDONADO NAVARRO, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.931.251, en el alegado carácter de propietaria de un apartamento en la Torre 3, piso 2 Nro. 3-2, Residencias las Clavellinas, ubicado en Colinas de la California, calle Santa Margarita, del Municipio Sucre del Distrito Capital, asistida por los abogados José Gregorio Orfila Hernández y Edwin Lossada, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 96.797 y 52.805, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Acta de Asamblea celebrada el día 16 de abril de 2026 por la Junta de Condominio (saliente) de la mencionada residencia, donde se elegió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2026-2027.

Se solicitó a la Junta de Condominio (saliente) de las Residencias las Clavellinas los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho contados a partir de su notificación. Asimismo se designó ponente a la MAGISTRADA FANNY BEATRÍZ MÁRQUEZ CORDERO, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud formulada.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2021000030

Por recibido escrito remitido por vía correo electrónico en fecha 16 de agosto de 2021 y ratificado en fecha 20 de agosto de 2021, por los ciudadanos MIGUEL OSWALDO FIGUEROA JIMÉNEZ y JOSÉ FRANCISCO GALANTÓN RONDÓN , titulares de las de cédulas de identidad N° V-11.832.001 y V-8.321.379, respectivamente, abogados inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 289.201 y 288.275, en ese orden, actuando en nombre propio y en representación de los comités promotores de las organizaciones con fines políticos Movimiento Ético Nacional (MEN) y Partido Alianza Centro Venezuela (ACV) en proceso de conformación ante el CNE, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) por no autorizar algunas alternativas de denominación.

Visto que en fecha 29 de abril de 2026, se recibió oficio N° 227-2024 de fecha 18 de julio de 2024, emanado del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, anexo al cual remitió las resultas de la comisión que le fuere conferida en fecha 21 de marzo de 2022, se acordó librar cartel a los abogados MIGUEL OSWALDO FIGUEROA JIMENEZ y JOSÉ FRANCISCO GALAT?N RONDÓN (parte recurrente), a los fines de notificarle del contenido de la sentencia Nro. 030 dictada en fecha 17 de marzo de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se les tendrá por notificados.


2. AA70E2026000002

El abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, y el ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, asistido por el mencionado abogado, ambos en el alegado carácter de socios propietarios de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Comité Electoral de la referida organización civil, al excluir a los socios vitalicios de la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025, y contra las decisiones de fechas 14 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, respectivamente, en la elección de la Junta Directiva y Comisario, periodo 2026-2028.

El Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral emitió pronunciamiento en cuanto a las pruebas promovidas.


3. AA70X2022000009 - AA70E2022000037

Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, denunciaron el desacato a la sentencia N° 065 dictada por esta Sala en fecha 14 de julio de 2022, en la que se declaró procedente el amparo cautelar.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana SANDRA CARNEVALE SABELLI, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.628.173 parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala en fecha 01 de junio de 2023, dictó sentencia N° 058.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez