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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 05/05/2026 | |
| CUENTA, N° 76 | |
| DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
| 1. | AA70E2026000022 |
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Los ciudadanos JORGE ENRIQUE SIMMONDS JARUFFE, ROBERT CLEY ROMÁN ESQUIVEL, CARLOS EDUARDO APONTE YANES, CLAUDIO RODRÍGUEZ GONZALEZ y REINALDO JOEL FLORES ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-23.712.693; V-24.888.637; V-7.990.779; V-8.679.522 y V-14.201.953, respectivamente, el último de ellos abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 232.995, asistiendo a todos los recurrentes y actuando en nombre propio, en su condición de propietarios y accionistas de una cuota de participación de la Asociación Civil "Club Campestre Paracotos", interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada en contra de la proclamación y juramentación de los candidatos de la plancha N° 1 como la ganadora de las elecciones para elegir la nueva Junta Directiva, Suplentes, Comisarios y sus Suplentes para el período 2026-2030, realizada por la Comisión Electoral de la referido asociación civil en fecha 15 abril 2026. |
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Se acordó solicitar a los Miembros Integrantes de la Comisión Electoral asociación civil "Club Campestre Paracotos" los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho contados a partir de su notificación, se designó ponente a la MAGISTRADA FANNY BEATRÍZ MÁRQUEZ CORDERO, a quien se le remitió el expediente a los fines del pronunciamiento correspondiente. Se Libró oficio Nro. 26.093 y despacho. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2025000050 |
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Por recibido Oficio Nro. 507-25 de fecha 02 de diciembre de 2025, emanado del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad de Acta de Asamblea, interpuesta por la ciudadana MARTHA ELIZABETH MALDONADO NAVARRO, asistida por el abogado José Gregorio Orfila Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.797, contra Acta de Asamblea realizada en fecha 17 de junio de 2025 por la Junta de Condominio del conjunto Residencial Las Clavenillas ubicado en Colinas de la California, del Municipio Sucre, donde se eligieron a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia Interlocutoria de fecha 21 de noviembre de 2025 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Vista la Sentencia N° 042 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de abril de 2026, se acordó notificar a la ciudadana MARTHA ELIZABETH MALDONADO NAVARRO, en el carácter de propietaria de un inmueble tipo apartamento distinguido con el número 3-2, situado en la Torre 3 del Conjunto Residencial Las Clavellinas, parte recurrente. Se libró boleta. |
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| 2. | AA70E2025000051 |
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Las ciudadanas MÓNICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ RANGEL y EDDYMAR MENESES TAVIO, en el alegado carácter de propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Ciudad Balneareo Higuerote, Sector Valle Seco, avenida Los Canales Norte, Municipio Brión del estado Miranda, asistidos por los abogados Carlos Mauricio Franciosi Zuleta y Alejandro García Pérez, interpusieron recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar atinente a la suspensión de efectos, contra la Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria emitida en fecha 2 de febrero de 2026 -cuya celebración fue pautada el 5 de marzo del mismo año-, por la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), referente a la elección de los nuevos miembros del Órgano Directivo de esa Sociedad Civil, para el período 2026-2028. |
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Vista la Sentencia Nro. 044 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de abril de 2026, se acordó notificar a la parte recurrente, a los miembros integrantes de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residentes de la Urbanización Ciudad Balneario Higuerote, Sector Valle Seco, Avenida Los Canales Norte (ASOCIBAL NORTE), Periodo 2020-2021, a los miembros de la referida Asociación, y al Ministerio Público. Asimismo, se acordó notificar a Todos los Propietarios de Inmuebles ubicados en el mencionado conjunto residencial, y visto que en el presente expediente no consta el domicilio procesal se acordó librar cartel. Líbrese boletas, oficios Nros. 26.091 y 26.092 y cartel. |
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| 3. | AA70E2025000052 |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso. |
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El Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral emitió pronunciamiento en cuanto a las pruebas promovidas. |
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| 4. | AA70E2026000010 |
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Por recibido oficio Nro. 043-2-026 de fecha 04/02/2026, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, mediante el cual remitió amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos WILTER ALEXIS GARCÍA, ANDREA PEÑA RAMÍREZ, LEIDI YANE ALVARADO, GLENY DEL CARMEN TORO UZCATEGUI y JOSÉ JAVIER CARRERO, en el alegado carácter de directivos de los clubes de baloncesto de la Asociación Civil de Baloncesto del estado Bolivariano de Mérida, asistido por la abogada Ivonne Coromoto Guillermo Plaza, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 148.536, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Baloncesto del estado Mérida, para llevar a cabo el proceso eleccionario de la mencionada asociación civil realizada el 18 de enero de 2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 26 de enero de 2026 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala. |
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Vista la Sentencia N° 033 dictada en fecha 29 de abril de 2026, se acordo notificar a los ciudadanos WILTER ALEXIS GARCIA SALAZAR, ANDREA JOSELIN PEÑA RAMÍREZ, LEIDI YANE ALVARADO RONDÓN, GLENY DEL CARMEN TORO UZCATEGUI y JOSÉ JAVIER CARRERO MONTAÑEZ y a la Comisión Electoral de la Asociación de Baloncesto del estado Bolivariano de Mérida, parte accionada. Se libraron oficios bajo los Nros. 2026-101, 2026-102, y boleta. |
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| 5. | AA70E2026000012 |
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El abogado Robín Luis Gámez Avilés, inscrito en el Inpreabogado N° 225.253, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos RAMÓN EUDORO FERRER MOROS y ALBERTO JOSÉ GONZÁLEZ ARENAS, titulares de la cédula de identidad números V-3.739.349, V-5.117.818, respectivamente, todos afiliados a la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (ASOJUPDISIP), interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva y el Consejo Electoral de la mencionada Asociación, "…por la conducta omisiva que han mantenido por el lapso de seis (6) años…". |
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Vista la Sentencia N° 037 dictada en fecha 29 de abril de 2026, se acordó notificar los ciudadanos ROBÍN LUIS GÁMEZ AVILÉS, RAMÓN EUDORO FERRER MOROS y ALBERTO JOSÉ GONZÁLEZ ARENAS, en su alegada condición de afiliados a la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (ASOJUPDISIP) parte accionante. Se libró boleta. |
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| 6. | AA70E2026000013 |
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Por recibido el oficio Nro. 26-108 de fecha 09 de febrero de 2026, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, mediante el cual remitió amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos IVAN R. HERNÁNDEZ G, EGAL A. PINEDA H., GUSTAVO E. CANELON F. y LUISA M. GUTIERREZ, en el alegado carácter de Copropietarios de inmuebles del Conjunto Residencial CENTRO LOTERÍA DE ORIENTE, ubicado en la ciudad de Maturín edo. Monagas, asistido por el abogado Argenis Villanueva, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.759, contra los ciudadanos Adalberto J. Yanes R. y Mery Marcano, en su condición de Presidente y Administradora de la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 03 de febrero de 2026 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Vista la Sentencia N° 043 dictada en fecha 29 de abril de 2026, se acordó notificar a los ciudadanos IVAN RAFAEL HERNANDEZ GUEVARA, EGAL ALBERTO PINEDA HERNANDEZ, GUSTAVO EULALIO CANELON FERRER y LUISA MARIA GUTIERREZ DE HEREDIA, parte accionante, a los miembros de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial Centro Lotería de Oriente, parte accionada y al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Se libraron oficios bajo los Nros. 2026-105, 2026-106 y 2026-107, respectivamente y boleta. |
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| 7. | AA70E2026000015 |
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El abogado JESÚS MANUEL PATIÑO VARÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 156.565, actuando en nombre propio y representación, domiciliado en el Edificio Residencias Palo Verde, presentó escrito en fecha 08 de abril de 2026, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General de Propietarios y Copropietarios del mencionado edificio residencial llevado a cabo en fecha 19 de noviembre de 2025. |
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Vista la Sentencia Nro. 039 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de abril de 2026, se acordó notificar al ciudadano JESÚS MANUEL PATIÑO VARÓN, parte recurrente, a los Miembros Integrantes de la Junta de Condominio (Saliente) del Edificio Residencias Palo Verde, a los Miembros Integrantes de la Junta de Condominio (Electa) del referido Conjunto Residencial periodo 2025-2026 y al Ministerio Público. Asimismo, se acordó notificar a Todos los Propietarios de Inmuebles ubicados en el referido conjunto residencial, y visto que en el presente expediente no consta el domicilio procesal se acordó librar cartel. Se libró boleta, oficios Nros. 26.088, 26.089, 26.090 y cartel. |
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| 8. | AA70E2026000016 |
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Por recibido el oficio Nro. 209-2025 de fecha 10 de diciembre de 2025, emanado del Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió amparo constitucional con medida cautelar innominada interpuesto por la ciudadana JOSEFA ESPERANZA CHACÓN PÉREZ, socia de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, asistida por el abogado José Gregorio. Nicholls, Inpreabogado Nro. 102.746, contra la Junta Electoral de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, por la negativa a dar respuesta a solicitud de información de fecha 19 de septiembre de 2025, conforme a la cual, el Juzgado Superior Cuarto en la Civil, mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en Sentencia de fecha 25 de noviembre del año 2025 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Vista la Sentencia N° 038 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de mayo de 2026, se acordó notificar a la ciudadana JOSEFA ESPERANZA CHACÓN PÉREZ, parte accionante, en el alegado carácter de socia de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, se libró boleta. |
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| 9. | AA70X2026000005 - AA70E2025000052 |
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El abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, apoderado judicial de los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA PINO, IRMA RODRÍGUEZ, MANUEL ANDRADE y MARÍA FERREIRA, titulares de las cédula de identidad números. V-14.127.456, V-17.140.144, V- 5.528.197, V-4.679.491 y V-10.383.693, respectivamente, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta, Tesorero y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, interpuso medida cautelar con amparo solicitando la suspensión y los efectos de la decisión definitiva realizada por el Tribunal Disciplinario (TD-2025-001) de fecha 18 de febrero 2026 "… por la presunta violación del derecho al debido proceso, la jerarquía estatutaria y la paz social del club …" |
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Vista la Sentencia N° 034 dictada en fecha 29 de abril de 2026, se acordó notificar a los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA PINO, IRMA RODRÍGUEZ, MANUEL ANDRADE Y MARÍA FERREIRA, parte recurrente y a la Junta Directiva de la Asociación civil Monteclaro Country Club. Se libraron oficios bajo los Nros. 2026-103 y 2026-104, respectivamente y boleta. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2026000011 |
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El ciudadano FERMIN ORLANDO CONDE ESPINOZA, actuando en el carácter de Presidente del Instituto de Previsión Social del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (IPAPEDI), asistido por el abogado LUIS MARTIN DELGADO NIÑO, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa Nº SCA-PA-001-2026, emitida por la Superintendencia de Cajas de Ahorros (SUDECA) de fecha 04 de marzo de 2026. |
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El abogado Luis Martin Delgado Niño, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, en el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento. Asimismo, presentó alegatos de hechos sobrevenidos en la presente causa. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2023000037 |
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Los ciudadanos CARLOS ENRRIQUE AREVALO POUCHOULO, DORIS IRALY BAUTISTA PULGAR, LUIS ALBERTO BENÍTEZ BETANCOURT, DELINGER JOSE UMBRIA BLANCO, ARGELIA ALEJANDRA MEZA y Otros, titulares de las cédula de identidad N° V- 13.828.647, V-12.204.591, V-6.449.712, V-13.538.352, V-13.070.465, respectivamente, todos actuando en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (CAPSEOJPAN), asistidos por la abogada Egle Coromoto Pérez, inscrita en el Inpreabogado N° 21.310, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la decisión dictada en el Acta de fecha 28 de abril del 2023 por los miembros integrantes de la Comisión Electoral de esa Caja de Ahorros. |
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La abogada Eglee Pérez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 21.310 y actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se opuso a la solicitud de revocatoria de la medida cautelar realizada en fecha 17 de abril de 2026. |
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| 2. | AA70E2025000036 |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, actuando en nombre y representación en nombre y representación de los ciudadanos NADIA MELISSA CELIS PEREIRA, MARÍA DE LOS ÁNGELES DE FIGUEIREDO, MARÍA FERNANDA GOMES DE AMORÍN, MARÍA LAURA ÁVILA FLORES, RONALD MIJARES MONTILLA, MAGALY DEL VALLE FLORES ABREU y JHOSGREYDI DEL VALLE MÉNDEZ MORALES, invocando el alegado carácter de trabajadores activos de la entidad de trabajo Morrocel, C.A, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra el proceso de elecciones de Delegados de Prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización todos de fecha 14 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) del estado Guárico, al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025. |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, inscrita en el Inprabogado bajo el Nº 314.543, en el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia que retiró el cartel de emplazamiento para su posterior publicación y consignación. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |