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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 21/05/2026 | |
| CUENTA, N° 88 | |
| NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
| 1. | AA70X2026000006 - AA70E2024000046 |
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El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, apoderado judicial del ciudadano Pedro José Rangel Peña, recurrente, solicitó se dicte una medida cautelar para lograr el cumplimiento efectivo de la SENTENCIA DICTADA POR ESTA SALA ELECTORAL, PUBLICADA EL 07 DE AGOSTO DE 2025, BAJO EL NÚMERO 083. |
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SE ABRIO CUADERNO SEPARADO |
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| DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
| 1. | AA70X2026000006 - AA70E2024000046 |
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El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, apoderado judicial del ciudadano Pedro José Rangel Peña, recurrente, solicitó se dicte una medida cautelar para lograr el cumplimiento efectivo de la SENTENCIA DICTADA POR ESTA SALA ELECTORAL, PUBLICADA EL 07 DE AGOSTO DE 2025, BAJO EL NÚMERO 083. |
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Visto el escrito presentado en fecha 19 del mes en curso, por el abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, apoderado judicial del ciudadano Pedro José Rangel Peña, recurrente, mediante el cual solicitó se dicte una medida cautelar para lograr el cumplimiento efectivo de la sentencia dictada por esta sala electoral, publicada el 07 de agosto de 2025, bajo el número 083; se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de la decisión correspondiente. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2024000046 |
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El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil. |
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Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la solicitud cautelar para el cumplimiento de la sentencia N° 083, dictada por esta Sala Electoral el 07 de agosto de 2025, por el abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, apoderado judicial del ciudadano Pedro José Rangel Peña, recurrente, cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2026-000006. |
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| 2. | AA70E2024000046 |
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El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil. |
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Se acordó abrir cuaderno separado para la tramitación de la solicitud cautelar. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2026000011 |
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El ciudadano FERMIN ORLANDO CONDE ESPINOZA, actuando en el carácter de Presidente del Instituto de Previsión Social del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (IPAPEDI), asistido por el abogado LUIS MARTIN DELGADO NIÑO, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa Nº SCA-PA-001-2026, emitida por la Superintendencia de Cajas de Ahorros (SUDECA) de fecha 04 de marzo de 2026. |
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El abogado Luis Martin Delgado Niño, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, en el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2025000011 |
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El ciudadano SOFANOR JOSÉ GARCÍA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-25.714.426, actuando en el alegado carácter Secretario Ejecutivo Suplente del Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del estado Zulia (S.U.T.I.C.E.Z), asistido por el abogado Ronny Rafael Reyes Acuña, inscrito en el Inpreabogado N° 75.920, interpuso recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nro. 240709-059 de fecha 09 de julio de 2024, emanada del Consejo Nacional Electoral (CNE), donde se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano. |
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El ciudadano SOFANOR JOSÉ GARCÍA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-25.714.426, actuando en el alegado carácter Secretario Ejecutivo Suplente del Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del estado Zulia (S.U.T.I.C.E.Z), parte recurrente, asistido por el abogado Ronny Rafael Reyes Acuña, inscrito en el Inpreabogado N° 75.920, consignó diligencia mediante la cual solicitó que se le designe como correo especial y asimismo, solicitó pronunciamiento en la presente causa. |
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| 2. | AA70E2025000016 |
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El ciudadano EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS titular de la cédula de identidad Nro. V-6.849.425 y el abogado Rodolfo Luis Quijada Marval, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, quien actúa en su propio nombre y asistiendo al primero, ambos en el alegado carácter de Asociados de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra las elecciones realizadas en fecha 25 de febrero de 2025 por la COMISIÓN ELECTORAL de la mencionada Caja de Ahorros para el periodo 2025-2027. |
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El abogado RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó copias certificadas de todo el expediente. |
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| 3. | AA70E2025000048 |
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El abogado RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, actuando en nombre propio, perteneciente a los Programas Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada (UNEFA), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso de elecciones realizado por la Comisión Electoral para la conformación de los Consejos de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), periodo 2025-2028. |
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El abogado RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, quien actúa en su propio nombre, en el alegado carácter de Asociado de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), presentó diligencia mediante la cual solicitó copias certificadas de todo el expediente. |
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| 4. | AA70E2026000011 |
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El ciudadano FERMIN ORLANDO CONDE ESPINOZA, actuando en el carácter de Presidente del Instituto de Previsión Social del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (IPAPEDI), asistido por el abogado LUIS MARTIN DELGADO NIÑO, inscrito en el Inpreabogado Nº 297.554, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa Nº SCA-PA-001-2026, emitida por la Superintendencia de Cajas de Ahorros (SUDECA) de fecha 04 de marzo de 2026. |
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Los abogados Victor Roman y Luis Delgado, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 141.841 y 297.554, en el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron diligencia mediante la cual solicitaron la notificación de la contraparte. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2026000010 |
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Por recibido oficio Nro. 043-2-026 de fecha 04/02/2026, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, mediante el cual remitió amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos WILTER ALEXIS GARCÍA, ANDREA PEÑA RAMÍREZ, LEIDI YANE ALVARADO, GLENY DEL CARMEN TORO UZCATEGUI y JOSÉ JAVIER CARRERO, en el alegado carácter de directivos de los clubes de baloncesto de la Asociación Civil de Baloncesto del estado Bolivariano de Mérida, asistido por la abogada Ivonne Coromoto Guillermo Plaza, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 148.536, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Baloncesto del estado Mérida, para llevar a cabo el proceso eleccionario de la mencionada asociación civil realizada el 18 de enero de 2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 26 de enero de 2026 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.101 librado al JUEZ DEL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA (DISTRIBUIDOR), el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico la Sentencia Nº033 de fecha 29 de mayo de 2026. |
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| 2. | AA70E2026000013 |
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Por recibido el oficio Nro. 26-108 de fecha 09 de febrero de 2026, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, mediante el cual remitió amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos IVAN R. HERNÁNDEZ G, EGAL A. PINEDA H., GUSTAVO E. CANELON F. y LUISA M. GUTIERREZ, en el alegado carácter de Copropietarios de inmuebles del Conjunto Residencial CENTRO LOTERÍA DE ORIENTE, ubicado en la ciudad de Maturín edo. Monagas, asistido por el abogado Argenis Villanueva, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.759, contra los ciudadanos Adalberto J. Yanes R. y Mery Marcano, en su condición de Presidente y Administradora de la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia de fecha 03 de febrero de 2026 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.105 librado al JUEZ DEL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BARBARÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS (DISTRIBUIDOR), el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico la Sentencia Nº043 de fecha 29 de abril de 2026. |
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| 3. | AA70E2026000016 |
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Por recibido el oficio Nro. 209-2025 de fecha 10 de diciembre de 2025, emanado del Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió amparo constitucional con medida cautelar innominada interpuesto por la ciudadana JOSEFA ESPERANZA CHACÓN PÉREZ, socia de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, asistida por el abogado José Gregorio. Nicholls, Inpreabogado Nro. 102.746, contra la Junta Electoral de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, por la negativa a dar respuesta a solicitud de información de fecha 19 de septiembre de 2025, conforme a la cual, el Juzgado Superior Cuarto en la Civil, mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en Sentencia de fecha 25 de noviembre del año 2025 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.108 librado al JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA (DISTRIBUIDOR), el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico la Sentencia Nº038 de fecha 29 de abril de 2026. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |