REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 25/05/2026
CUENTA, N° 90

DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2026000015

El abogado JESÚS MANUEL PATIÑO VARÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 156.565, actuando en nombre propio y representación, domiciliado en el Edificio Residencias Palo Verde, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General de Propietarios y Copropietarios del mencionado edificio residencial llevado a cabo en fecha 19 de noviembre de 2025.

Visto el escrito presentado en fecha 18 de mayo de 2026, por el abogado Jesús Manuel Patiño Varón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 156.565, recurrente, mediante el cual solicitó el desistimiento de la acción y el procedimiento en el presente recurso contencioso electoral, se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de la decisión correspondiente.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2025000036

La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, actuando en nombre y representación en nombre y representación de los ciudadanos NADIA MELISSA CELIS PEREIRA, MARÍA DE LOS ÁNGELES DE FIGUEIREDO, MARÍA FERNANDA GOMES DE AMORÍN, MARÍA LAURA ÁVILA FLORES, RONALD MIJARES MONTILLA, MAGALY DEL VALLE FLORES ABREU y JHOSGREYDI DEL VALLE MÉNDEZ MORALES, invocando el alegado carácter de trabajadores activos de la entidad de trabajo Morrocel, C.A, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra el proceso de elecciones de Delegados de Prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización todos de fecha 14 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) del estado Guárico, al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025.



La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuría, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 314.543, en representación de los ciudadanos NADIA MELISSA CELIS PEREIRA, MARIA DE LOS ANGELES FIGUEREDO, MARIA FERNANDA GÓMEZ DE AMORIN y otros, en el carácter de trabajadores activos de Morrocel, C.A., recurrentes, consignaron escrito mediante el cual promovieron pruebas, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar la diligencia consignada hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.


2. AA70E2026000009

Los abogados Julio César Delgado Méndez y José Silverio García Mendoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 39.359 y 36.026, actuando en este acto como representantes judiciales de los ciudadanos YOHANNY PADRÓN CARDOZO, JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y JHONNY ROSSVELTH D'OCCHIO, titulares de las cédula de identidad Nros. V-15.804.383, V-12.393.596 y V-6.324.826, respectivamente, en el alegado carácter de Miembros Activos y Socios de la Asociación Civil Club Oricao, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra los actos y presuntas violaciones, hechos irregulares y vicios cometidos por la Comisión Electoral del mencionado Club, para la elección de Presidente y demás Miembros Integrantes la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisario para el periodo 205-2027, realizadas en fecha 20 y 21 de febrero de 2026.

Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se agregó copia del cartel a los autos.


3. AA70E2026000024

El ciudadano ESTEBAN MARINO MARCHAN, titular de la cédula de identidad Nro. V-8,957.169, actuando en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en el Conjunto Residencial "CUMANAGOTO", Urbanización Playa Grande Municipio Vargas del estado la Guaira, asistido por los abogados Lorenzo Roberto Santana Gómez, Susana Leonor Rodríguez, María Teresa Nogales Amor y Carlos David González Filot, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 939.062, 124.588, 33.047 y 52.055, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efecto contra la Asamblea General Ordinaria de Copropietarios, celebrada en fecha 18 de abril de 2026 por la Junta de Condominio (Saliente) del mencionado conjunto residencial y la Administradora Danoral C.A, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio periodo 2026-2027.

Por recibido en esta misma fecha escrito suscrito por los ciudadanos NATIVIDAD CAROLINA NIEVES MARTÍNEZ, RAFAEL ENRIQUE NUÑEZ FELEE, GERARDO DAVID ANTONI TABORDA, y HUMBERTO ELÍAS G., titulares de la cédula de identidad N° V-5.976.226, V-5.308.230, V-5.544.458 y V-1.454.859, respectivamente, en el alegado carácter de representante de la sociedad de comercio Administradora Danoral, C.A., la primera identificada, y miembros de la Junta de Condominio de las Residencias Cumanagoto, asistidos por la abogada Mirian Contreras, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.000, mediante el cual consignaron los antecedentes administrativos y el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito con los recaudos anexos.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2023000004

Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconoce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …".

El abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°16.122 apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, asímimso alegó hechos sobrevenidos.


2. AA70E2025000005

El abogado HERNÁN JOSE ZURITA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.701, quien invoca la condición de Comisario General (J) del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) y candidato a la Presidencia del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro del mencionado Cuerpo de Investigación, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° 0005 de fecha 22 de enero 2025 emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C), por medio del cual procedieron a la exclusión del listado definitivo de candidatos, para optar al cargo de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros para el personal del referido Cuerpo de Investigaciones.

El abogado HERNÁN JOSÉ ZURITA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.701, parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual ratificó solicitud de pronunciamiento.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2026000021

El abogado PEDRO ANTONIO BELLO CASTILLO, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de inmueble ubicado en las Residencias Vacacionales Villas del Mar, Coralito IV, del sector Los Corales de la Carretera Nacional Morón-Coro Tucacas, Municipio Silva del estado Falcón, asistido por la abogada Marilú Bello Castillo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Acta de Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 24 de marzo de 2026, para la elección y juramentación del Presidente, Tesorero, Secretario, Vocal 1 y Vocal 2 de la nueva Junta de Directiva de la Asociación Civil Coralito IV Residencias Vacacionales Villas del Mar, así como la nulidad de la Asamblea de Propietarios efectuada en fecha 01 de abril de 2026.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.086 librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN (DISTRIBUIDOR), el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 04 de mayo de 2026.


2. AA70X2026000004 - AA70E2026000002

El abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, apoderado judicial de la ciudadana GABRIELA PINO, titular de la cédula de identidad número V-17.140.144, Presidenta del Comité Electoral de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, mediante el cual solicitó se declare formalmente el desacato de la Sentencia Nro. 003 dictada el 26 de febrero de 2026 por parte de los integrantes de la Junta Directiva Interina designada por el Tribunal Disciplinario en fecha 18 de febrero de 2026 por parte de los integrantes de la Junta Directiva Interina designada por el Tribunal Disciplinario en fecha 18 de febrero de 2026.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.109, librado a la ciudadana GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, MIEMBROS INTEGRANTES DEL COMITÉ ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, recibido por el ciudadano Dave Jaspe, Gerente General del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó las Sentencias N° 036 de fecha 29 de abril de 2026.


3. AA70X2026000004 - AA70E2026000002

El abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, apoderado judicial de la ciudadana GABRIELA PINO, titular de la cédula de identidad número V-17.140.144, Presidenta del Comité Electoral de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, mediante el cual solicitó se declare formalmente el desacato de la Sentencia Nro. 003 dictada el 26 de febrero de 2026 por parte de los integrantes de la Junta Directiva Interina designada por el Tribunal Disciplinario en fecha 18 de febrero de 2026 por parte de los integrantes de la Junta Directiva Interina designada por el Tribunal Disciplinario en fecha 18 de febrero de 2026.

El ciudadano Alguacil consignó original del Oficio Nº 26.110, librado al Juez del Tribunal de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda (Distribuidor), debido a que las notificaciones de la comisión fueron debidamente practicadas por el alguacil de la sala.


4. AA70X2026000004 - AA70E2026000002

El abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.922, apoderado judicial de la ciudadana GABRIELA PINO, titular de la cédula de identidad número V-17.140.144, Presidenta del Comité Electoral de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, mediante el cual solicitó se declare formalmente el desacato de la Sentencia Nro. 003 dictada el 26 de febrero de 2026 por parte de los integrantes de la Junta Directiva Interina designada por el Tribunal Disciplinario en fecha 18 de febrero de 2026 por parte de los integrantes de la Junta Directiva Interina designada por el Tribunal Disciplinario en fecha 18 de febrero de 2026.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, en el alegado carácter de Socio Propietario de la acción Nro. 0616 de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, y/o a su apoderado judicial el abogado ÓSCAR ALBERTO SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.714, quien también actúa en nombre propio, parte recurrente, recibido por el abogado Óscar Specht, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 32.714, mediante el cual se les notificó las Sentencias Nº 36 de fecha 29 de abril de 2026.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez