TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN SOCIAL.-
Caracas, once (11) de julio de 2012. Años: 202° y 153°.
En el juicio que por cobro de diferencia de acreencias laborales siguen los ciudadanos LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ RAMONEZ, DENNY JOSÉ REYES MATHEUS y ALEXANDER ANTONIO LAMAS LAMAS, representados judicialmente por los abogados Pedro Miguel Rivera, Bernadete Figueira Méndes y Acdel Jamaid Moreno, contra la sociedad mercantil MANUFACTURAS DE PAPEL, C.A., representada judicialmente por los abogados Luis Alejandro Troconis Sosa e Iván Rivero Sosa; el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, conociendo en alzada, dictó sentencia en fecha ocho (08) de marzo de 2012, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda y modificó la sentencia recurrida.
Contra la decisión de alzada, tanto la parte demandante como la demandada interpusieron control de legalidad, por lo cual el expediente fue remitido a la Sala de Casación Social de este alto Tribunal.
Recibido el expediente en Sala, en fecha veintiséis (26) de abril de 2012, se dio cuenta del asunto y se designó ponente al Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.
Mediante diligencia consignada el dieciséis (16) de marzo de 2012, por el abogado Iván Rivero Sosa quien se identificó con el Inpreabogado Nº 94.178, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, se deja constar que desiste del recurso de control de legalidad propuesto.
Siendo la oportunidad procesal para ello, se procede a dictar la decisión:
Ú N I C O
Por diligencia de fecha dieciséis (16) de marzo de 2012, el abogado Iván Rivero Sosa quien se identificó con el Inpreabogado Nº 94.178, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, expone:
En nombre de mi representada desisto del recurso de control de legalidad presentado en fecha 15/03/2012
.
En razón de tal manifestación, debe apreciar esta Sala las facultades y carácter con el que actúa la solicitante, así observa que del folio cincuenta y tres (53) al folio cincuenta y seis (56) de la primera pieza principal del expediente cursa poder otorgado por la empresa demandada al abogado Iván Rivero Sosa, en la que dentro de las facultades conferidas expresamente se encuentra la de desistir.
En virtud del desistimiento manifestado por la parte demandada recurrente y; luego de verificado las facultades con las que actúa la diligenciante, esta Sala, conforme a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, declarará consumado el desistimiento el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, Así se decide.
D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expresado, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; 1º) declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada recurrente contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha ocho (08) de marzo de 2012. 2º) ORDENA continuar con los trámites procesales correspondientes al recurso de control de legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora.
Particípese del contenido de esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado.
El Presidente de la Sala,
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OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
Vicepresidente, Magistrado Ponente,
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LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ JUAN RAFAEL PERDOMO
Magistrado, Magistrada,
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ALFONSO VALBUENA CORDERO CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
El Secretario,
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MARCOS ENRIQUE PAREDES
Exp. Nº AA60-S-2012-0000517.
Nota: Publicada en su fecha a
El Secretario,