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viernes, 30 de abril de 2004 |
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Intentada por Gladys Josefina Jorge Saad (Vda.) De Carmona |
Declarada inadmisible recusación contra magistrado suplente Tulio Álvarez Ledo |
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Ver Sentencia
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La solicitante sólo expresó que el hijo del recusado ha emitido opiniones respecto de otro conflicto de competencia, surgido entre otras Salas y en un juicio de otra naturaleza, que afirma tiene gran relevancia política por estar referido a la solicitud de referéndum revocatorio del mandato del Presidente de la República, sin precisar en qué consisten esas opiniones, ni cómo ellas influyen de forma directa en la decisión de esta causa, pues además la propia recusante sostiene que ese otro conflicto de competencia es diferente y ajeno a la situación de hecho que dio lugar al ocurrido en el caso concreto |
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El Juzgado de Sustanciación Accidental de la Sala Plena, con ponencia del magistrado Franklin Arrieche Gutiérrez, declaró inadmisible la recusación presentada el pasado 31 de marzo por Gladys Josefina Jorge Saad (Vda.) De Carmona, contra el magistrado suplente Tulio Álvarez Ledo, con fundamento en que su hijo Tulio Álvarez emitió opinión, de forma pública y ante medios de comunicación, respecto de otro conflicto de competencia, surgido entre otras Salas, en un juicio de naturaleza distinta, relacionado con la demanda de nulidad de los actos del Consejo Nacional Electoral, sobre la solicitud de referéndum para revocar el mandato del Primer Mandatario Nacional.
Según la recusante, tal situación demostraba el evidente interés directo del magistrado suplente, y por ende, del recusado, de sentar en el caso concreto un precedente jurisprudencial que beneficie esas opiniones políticas emitidas.
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INFORME DEL MAGISTRADO |
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DICTAMEN DEL JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN |
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Autor: |
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Fecha de Publicación: |
30/04/2004 |
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Pagina Web: |
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