lunes, 03 de mayo de 2004
Dictaminó Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa
Inadmisible recurso contra acto dictado por dirección del Instituto de Formación de Sub Oficiales, G/B Andrés Ibarra
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Fue declarada inadmisible por el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa, un recurso de nulidad interpuesto el pasado 12 de noviembre, por el apoderado judicial de Andrés Acosta Valera, contra el acto administrativo que decidió la expulsión del accionante del Instituto Universitario de Formación de Sub Oficiales Profesionales de Carrera, General de Brigada Andrés Ibarra, con sede en Maracay estado Aragua, emitido por el Coronel (Ej) Ricardo Pérez Colmenares, de fecha 24 de Septiembre de 2.003, No.- PA-001-3010.

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa al estudiar el recurso, precisó que los actos cuya nulidad se demanda han emanado de autoridades diferentes a las señaladas en los ordinales 9º, 10, 11 y 12 del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, y el conocimiento de la nulidad de los mismos no está atribuido a otro Tribunal, la competencia para conocer y decidir la presente causa corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Recordó la Sala que el presente caso se refiere a la solicitud de nulidad del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa No.- PA-001-3010 del 24 de septiembre de 2003, dictado por la Dirección del Instituto Universitario de Formación de Sub Oficiales Profesionales de Carrera, G/B Andrés Ibarra, el cual evidentemente emana de un órgano distinto a los indicados en la jurisprudencia en la materia, ¿cuyo conocimiento está excluido del régimen especial de competencia de esta Sala, es por lo que, resulta forzoso para este Juzgado, declarar inadmisible la presente solicitud, con arreglo a lo previsto en el ordinal 2º del artículo 84 en concordancia con el ordinal 4° del artículo 124 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia¿.

Fecha de Publicación:
  03/05/2004

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