miércoles, 20 de diciembre de 2000
En el Tribunal Supremo de Justicia:
2262 SENTENCIAS DAN CUENTA DEL RENDIMIENTO DE LA SALA POLITICO ADMINISTRATIVA DURANTE EL AÑO 2000
Los expedientes ingresados durante el año de la cuenta fueron 1288, a los cuales se suman 982 que aún quedaban con retardo, expreso el Presidente de la Sala Carlos Escarrá

La Sala político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia realizó durante el año 2000 una ardua labor para ponerla al día, libre de expedientes retrasados, recibiendo una tramitación de mil doscientos ochenta y ocho expedientes (1288), y sentenciando dos mil doscientos sesenta y dos expedientes, entre los cuales hay un total de novecientos ochenta y dos ( 982) causas que estaban acumuladas de la anterior Corte Suprema.

Entre los fallos de la Sala Político Administrativa que podemos citar en el año de la cuenta más resaltantes están: la sentencia mediante la cual la Sala ordenó remitir las 437 causas relacionadas con los sucesos del 27 y 28 de febrero de 1989, mejor conocido como “El Caracazo”, a la Fiscalía General de la República, para que sea ese organismo quien ordene, y dirija las investigaciones de los hechos punibles y establezca la identidad de los autores materiales e intelectuales que participaron en los mismos y ejerza las acciones pertinentes en cada caso.

Otra de las sentencias que podemos destacar, es la relacionada con la inaplicación del Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, por ser violatorio de garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Sala llegó a esa conclusión, una vez estudiado un recurso de nulidad interpuesto por un funcionario de ese cuerpo, el cual fue destituido del cargo basándose en el referido Reglamento. Es bueno destacar que la Sala, para no dejar un vacío legal en la materia, indicó que el artículo 10 del Decreto de creación del cuerpo policial, dictado el 20 de febrero de 1958, puede ser aplicado cuando se pretenda imponer sanciones disciplinarias a los funcionarios de la PTJ, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Ley de la materia administrativa.

Otra sentencia a tomar en cuenta es la que guarda relación el juicio por cumplimiento de contrato y cobro de dinero intentado contra la empresa Inversiones Fococam CA, y el ex banquero Gustavo Gómez López y su esposa Claudia Febres Cordero de Gómez, quienes plantearon una regulación de jurisdicción, pero los alegatos esgrimidos no eran los necesarios para la petición intentada, sino para la solicitud de regulación de competencia, la cual una vez remitido el expediente , deberá ser conocida por el Juzgado Superior para que se pronuncie sobre la gestión de competencia planteada. La Sala decidió que no tiene materia sobre la cual decidir en el referido caso.

En el juicio contra la CVG intentado por la empresa Inversora Mael, la Sala declaró improcedente una solicitud de aclaratoria interpuesta por la Sociedad Mercantil Inversora Mael C.A., que guarda relación con la acción mero declarativa de nulidad de ejercicio contra el “Acuerdo Básico” suscrito por la mencionada empresa con la Corporación Venezolana de Guayana (CVG) y contra los contratos para la explotación de oro y/o diamantes celebrados el 28 de julio de 1992 y el 22 de julio de 1993, suscrito entre ambas partes en ejecución del referido acuerdo.

Otras dos sentencia que podemos mencionar guardan relación con la r4esponsabilidad administrativa declarada contra Andrés Velásquez por la compra directa de jeeps durante su ejercicio como Gobernador del Estado Bolívar, la cual está firme. Su abogado María Eugenia Ortega Poleo, había interpuesto Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad por razones de ilegalidad contra la Resolución de la Contraloría General de la República, cuya Dirección General de Averiguaciones Administrativas había declarado Responsabilidad Administrativa de Andrés Velásquez y Eliécer Calzadilla, quien se desempeñaba como Secretario General de Gobierno.

La Sala ordenó igualmente remitir a la Fiscalía General de la República el conflicto de competencias, surgido en relación con el cargo de Gobernador del Estado Nueva Esparta, designando a Eustacio Aguilera como el Gobernador, ratificar la designación que había hecho la Asamblea Legislativa Regional de ese Estado por falta absoluta de la ciudadana Irene Sáez Conde.

 

EXPEDIENTES INGRESADOS

Entre los expedientes ingresados se cuentan 329 recursos de nulidad; 97 demandas; 8 amparos sobrevenidos; 114 amparos constitucionales en consulta; 80 amparos constitucionales en apelación; 109 amparos constitucionales conjunto; 12 recursos de interpretación; 20 recursos de hecho; 03 recursos de abstención; 01 recursos de queja; 11 solicitudes de exequátur; 129 apelaciones tributarias; 70 apelaciones de expropiación; 35 consultas a tribunales contencioso- administrativos; 235 declinatorias de competencia; 103 regulaciones de jurisdicción; 22 regulaciones de competencia; 14 avocamientos; 15 apelaciones de autos del Juzgado de Sustanciación; 18 apelaciones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo; 09 conflictos de autoridades y 34 actuaciones varias.

 

EXPEDIENTES SENTENCIADOS

Entre las dos mil doscientas sesenta y dos causas (2262) sentenciadas, hay que registrar: 150 recursos de nulidad; 70 demandas; 05 amparos constitucionales sobrevenidos, 103 amparos constitucionales en consulta; 150 amparos constitucionales en apelación; 500 amparos en conjunto; 05 recursos de interpretación; 500 amparos en conjunto; 05 recursos de interpretación; 17 recursos de hecho; 02 recursos de abstención; 01 recurso de queja; 84 solicitudes de exequátur; 50 apelaciones tributarias, 15 apelaciones de expropiación, 101 consulta a tribunales contencioso administrativos; 300 decli9natorias de competencia; 327 regulaciones de jurisdicción; 150 regulaciones de competencia; 25 avocamientos; 45 apelaciones de autos del Juzgado de Sustanciación; 101 apelaciones provenientes de la Corte Primera; 14 conflictos de autoridades y 47 actuaciones varias.

Autor:
  prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  20/12/2000

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