En vista de la admisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, se dispuso notificar por oficio al presidente de la Asamblea Nacional, Fiscal General de la República y Rector de la Universidad Central de Venezuela, a quienes se ordenó remitirles la copia certificada del escrito del recurso, de la documentación pertinente acompañada al mismo y del presente auto de admisión.
Se ordenó además, emplazar a los interesados mediante cartel, el cual será publicado por los demandantes, en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados, hasta la oportunidad que tenga lugar el acto el acto de informes en el presente juicio.
SOBRE LA SOLICITUD CAUTELAR
Finalmente, el Juzgado de Sustanciación debido a que no le corresponde pronunciarse sobre la procedencia de la medida cautelar innominada solicitada por la parte accionante, acordó abrir el correspondiente cuaderno separado, el cual se iniciará con copia certificada del libelo, de la documentación pertinente acompañada al mismo y del presente auto de admisión y después remitirlo a la Sala Constitucional a los fines de la decisión correspondiente.