La Sala Político-Administrativa al estudiar los alegatos y pruebas aportadas por las partes involucradas en el presente caso, declaró parcialmente con lugar la demanda por cumplimiento de contrato contra el Municipio Miranda del estado Falcón, por lo que se ordenó cancelar Bs. 221.911.197,74 a la empresa demandante.
Se ordenó también la cancelación de los intereses devengados, sobre la cantidad de Bs. 150.000.000 a la tasa corriente en el mercado, siempre que no exceda del 12% anual. Los intereses se considerarán desde el día en que se encontraban disponibles los recursos para honrar el pago de esta cantidad de dinero, es decir, desde el 07 de agosto de 1996, fecha de publicación en Gaceta Oficial de la Ley que Autoriza al Ejecutivo Nacional para la Contratación y Ejecución de Operaciones de Crédito Público durante el Ejercicio Fiscal 1996, hasta la fecha de publicación del presente fallo.
Finalmente, se ordenó pagar a Inversiones Sabenpe Zulia, C.A. los intereses moratorios, calculados a la tasa pasiva que haya fijado el Banco Central de Venezuela para los depósitos a plazo fijo, y causados sobre la suma de Bs. 23.970.399,25, generados a partir del 25 de agosto, del 25 de octubre y del 25 de diciembre de 1997, hasta la fecha de publicación de la presente decisión.