jueves, 15 de noviembre de 2001
El juicio había sido planteado por ante la Sala Penal
JUICIO POR TRAICION A LA PATRIA A DIPUTADO CESAR PEREZ VIVAS SERA CONOCIDO POR LA SALA PLENA

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia en ponencia de su Presidente Magistrado, Rafael Pérez Perdomo, se declaró incompetente para conocer de la querella entablada por el abogado Pablo Antonio Pérez Gutiérrez, en representación del ciudadano Alfonso Fajardo Buitrago; en contra del Diputado a la Asamblea Nacional Cesar Alejandro Pérez Vivas, por el delito de traición a la patria y declinó la competencia en la Sala Plena del máximo Tribunal.

 

ANTECEDENTES

El 24 de abril de 2000, el ciudadano Alfonso Fajardo Buitrago, asistido por el abogado Pablo Antonio Pérez Gutiérrez, introdujo por ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, querella contra el Diputado a la Asamblea Nacional, ciudadano Cesar Alejandro Pérez Vivas por el delito de traición a la patria, previsto y sancionado en el artículo 128 del Código Penal.

El 25 de abril de 2001, se dio cuenta en la Sala del expediente y se asignó la ponencia al Magistrado Rafael Pérez Perdomo.

 

PARA DECIDIR LA SALA OBSERVA

Los artículos 266, numeral 3, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 377 del Código Orgánico Procesal Penal, establecen como competencia del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena declarar si hay o no, méritos para el enjuiciamiento de Altos funcionarios del Estado, entre los cuales se encuentran los o las integrantes de la Asamblea Nacional, previa querella del Fiscal General de la República.

Por lo anterior, la Sala de Casación Penal se declara incompetente , y declina la competencia en la Sala Plena. Así se decide.

Fecha de Publicación:
  15/11/2001

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)