viernes, 28 de junio de 2013
Por primera vez el TSJ hace uso de videoconferencias en un evento
Juez debe tener criterio hermenéutico y un hilo conductor para una decisión de Restitución Internacional

          Ocasión inédita se dio en el segundo día del 1er. Congreso sobre Restitución Internacional de Niños, Niñas y Adolescentes que efectúa el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), cuando los ponentes invitados Ricardo Pérez Manrique, ministro de de la Corte Suprema de Justicia de la República Oriental del Uruguay y Graciela Tagle, jueza de Enlace por la República de Argentina de la Red Internacional de Jueces de la Haya, dictaron sus respectivas ponencias a distancia, a través de videoconferencias a los asistentes en el evento realizado en el auditorio principal del Alto Juzgado del país.

          Entrando en materia sobre el "Interés Superior del Niño en el marco del Convenio de La Haya de 1980", el ministro Ricardo Pérez Manrique explicó -partiendo del hecho que el instrumento de La Haya es una herramienta útil para solucionar en cada caso concreto una solicitud de restitución- que el Interés Superior del Niño concebido de esta manera conlleva, una vez verificado el traslado o retención ilícito del niño según las condiciones establecidas en La Haya, al principio donde la restitución debe ser concedida.

          También detalló que si se dan las condiciones necesarias existentes en el acuerdo y no habiendo excepciones, el juez están en la labor de restituir, caso contrario, mencionó que se deben aceptar solo aquellas que están establecidas en el convenio de La Haya. Además adelantó que se debe argumentar adecuadamente en función de qué derecho del niño el juez está haciendo prevalecer en ese debate del mundo adulto. Recordando que hay que priorizar los derechos del niño sobre el derecho de los adultos contenido en el concepto de Interés Superior.

          Destacó como un fuerte criterio no ingresar consideraciones que se hagan al fondo de la custodia, ya que el juez acostumbrado a la custodia debe enfocarse en la restitución. Al respecto expresó que lo que necesita un juez al momento de tomar una decisión es un criterio hermenéutico y un hilo conductor que lo lleve a encontrar la solución del caso concreto.

          Por su parte, Graciela Tagle, quien disertó sobre la "Opinión del Niño en materia de Restitución Internacional", explicó que, gracias al artículo 12 de la Convenio de La Haya, el niño tiene el derecho de expresar su opinión libremente en todo los asuntos que le afectan teniéndose debidamente en cuenta su opinión en todo procedimiento judicial.

          Mencionó que este derecho del niño a ser escuchado aclara los principios procesales de inmediación, conciliación y celeridad que constituyen verdaderos paradigmas utilizados por el juez en el proceso. En ese sentido refirió que la justicia comienza a jugar un papel fundamental que se conoce por el activismo judicial, donde el juez tiene un rol protagónico y de acompañamiento, tendiente a utilizar todos los medios para que los derechos consagrados en la Constitución y los Tratados internacionales de Derechos Humanos incorporados no sean vulnerados.

          Ambas videoconferencias fueron realizadas gracias al apoyo de la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia.

 

Fecha de Publicación:
  28/06/2013

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