martes, 02 de julio de 2013
Sala de Casación Penal del TSJ:
Inadmisible recurso de interpretación del artículo 354 del COPP
Ver Sentencia

           La Sala de Casación Penal con ponencia de su presidenta, magistrada Deyanira Nieves Bastidas, declaró inadmisible el recurso de interpretación del artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), presentado por el abogado defensor de la ciudadana Claritza Pérez Lucena, a quien se le sigue proceso penal por la comisión del delito de acaparamiento, tipificado en el artículo 139 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, que cursa ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara.

            Señala la sentencia que lo que pretende Claritza Pérez es que la Sala del Alto Juzgado, a través del recurso interpuesto, establezca qué tribunal es el competente para conocer de los delitos establecidos en la mencionada Ley, específicamente, los delitos de acaparamiento y contrabando de extracción; así como, cuál procedimiento debe seguirse para su enjuiciamiento (ordinario o especial).

            Constató la Sala del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que la parte solicitante no ha agotado los medios y recursos necesarios para tramitar su exigencia jurídica, pretendiendo sustituir los medios procesales previstos en las normas adjetivas penales, por el recurso de interpretación, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso presentado.

Fecha de Publicación:
  02/07/2013

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