viernes, 06 de diciembre de 2013
Admitida una demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianza
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El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ordenó emplazar a Ingprocon 3000, C.A. y Universal de Seguros, C.A., en cualesquiera de sus representantes legales o apoderados judiciales, para que comparezcan ante este Juzgado a la audiencia preliminar, la cual se fijará y publicará en el sitio web de este Máximo Tribunal, una vez que conste en autos la última de las citaciones practicadas, así como la notificación del ciudadano Procurador General de la República (E).

Indica la sentencia, la admisión de la demanda que mediante la representante de la República Bolivariana de Venezuela interpuso por cobro de bolívares y ejecución de fianzas de anticipo y fiel cumplimiento contra Ingprocon 3000, C.A. y Universal de Seguros, C.A.; esta última en su condición de fiadora solidaria y principal pagadora de las obligaciones contraídas por la referida empresa.

Asimismo se dejó establecido que el lapso para dar contestación a la demanda según lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se fijará una vez tenga lugar la audiencia preliminar.

Visto que la demanda se relaciona con la ejecución de la obra destinada a la construcción de sesenta apartamentos en un edificio de cinco niveles del desarrollo habitacional Felipe Acosta Carles, ubicado en el sector La Rinconada, Distrito Capital, se ordenó notificar al Consejo Local de Planificación Pública del municipio Libertador del Distrito Capital, a fin de que emplace a los Consejos Comunales de la localidad a objeto de que emitan su opinión en la presente controversia.

Fecha de Publicación:
  06/12/2013

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