miércoles, 11 de diciembre de 2013
Admiten acción judicial interpuesta por clínica multada por el Indepabis
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El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Clínica Santa Cruz, C.A., contra la denegatoria tácita de la entonces Ministra del Poder Popular para El Comercio, de decidir el recurso jerárquico presentado contra una acta de inspección del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), con sede en el estado Lara, a través de la cual se le impuso multa de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) al referido centro de salud.

La admisión de la acción judicial se produjo luego que el Juzgado de Sustanciación de la mencionada Sala del Tribunal Supremo de Justicia constatara que en el presente caso no están presentes las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En vista de la admisión del recurso de nulidad se ordenó notificar a la Fiscal General de la República, al Procurador General de la República (E) y al Ministro del Poder Popular para el Comercio.

Asimismo el Juzgado de Sustanciación acordó notificar al ciudadano Rafael Landaeta Dávila y a la empresa Lácteos Los Andes en su condición de denunciantes en el procedimiento administrativo seguido por el Indepabis a la clínica.

Fecha de Publicación:
  11/12/2013

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