jueves, 12 de diciembre de 2013
Se acuerda notificación al Ministro de Comercio por admisión de acción de nulidad
Ver Sentencia

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, admitió la acción de nulidad interpuesta por MI.DI, C.A., en virtud del silencio administrativo negativo de la entonces Ministra del Poder Popular para El Comercio producido al no decidir el recurso jerárquico ejercido contra el acto administrativo dictado por el presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis).

Indica la sentencia que dicho acto administrativo estableció una multa por dos mil unidades tributarias (2.000 U.T.) y ordenó proceder a la culminación de las obras o en su defecto reintegrar a la Organización Líder 2000, C.A. las cantidades de dinero equivalentes al porcentaje de las obras que no fueron ejecutadas según lo establecido en los contratos suscritos por las prenombradas empresas.

En consecuencia, se acordó notificar a los ciudadanos Ministro del Poder Popular para el Comercio y Procurador General de la República (E), así como a la ciudadana Fiscal General de la República. Asimismo indicó la sentencia la notificación de Organización Líder 2000, C.A., en su condición de denunciante en el procedimiento administrativo seguido por el Indepabis a la empresa demandante, de acuerdo con el contenido del artículo 78, numeral 3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Fecha de Publicación:
  12/12/2013

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)