jueves, 06 de febrero de 2014
Juzgado Contencioso Administrativo de Caracas competente para conocer recurso contra una providencia del Cicpc
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           La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, dictaminó que corresponde al Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Luis Antonio Bastidas, contra una providencia administrativa dictada en abril de 2013 por el Consejo Disciplinario del Distrito Capital del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.

            Mediante la providencia impugnada, fue destituido el ciudadano Luis Antonio Bastidas del cargo de inspector jefe que ocupaba en la Sub Delegación de El Paraíso del referido cuerpo policial.

            Recordó la Sala del Alto Tribunal que a partir de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la competencia para conocer de las causas interpuestas por los funcionarios adscritos a los órganos de seguridad del Estado en virtud de la relación de empleo público, se determina por la materia.

            "Razón por la cual, en aplicación de los principios de orden constitucional relativos al juez natural y al criterio de especialidad de acuerdo con la materia, previstos en el artículo 26 y numeral 4 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, respectivamente, el conocimiento de tales causas corresponde a los ahora denominados Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa", precisa la Sala.

            Concluye la sentencia, con ponencia de la magistrada Mónica Misticchio Tortorella, que en aplicación del principio constitucional de acceso a los órganos de administración de justicia y con fundamento en lo establecido en el numeral 6 del artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la competencia para conocer este caso corresponde al Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.

Fecha de Publicación:
  06/02/2014

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