viernes, 20 de junio de 2014
Mag. Octavio Sisco Ricciardi
TSJ garantiza el respeto por los derechos constitucionales de la infancia venezolana

Cumpliendo el objetivo fundamental de garantizar el respeto del texto constitucional en beneficio de todas y todos los venezolanos, el Tribunal Supremo de Justicia, enaltece los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Durante el II Congreso Internacional sobre la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Materia Laboral, desarrollado los días jueves 19 y viernes 20, el Mag. Octavio Sisco Ricciardi, integrante de la Sala de Casación Social del Alto Juzgado, expuso sobre el procedimiento ordinario en materia laboral en la Jurisdicción de Protección de la niñez y la adolescencia. En este sentido, manifestó que la jurisprudencia se fundamenta en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual garantiza a los niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derecho, protección por la legislación, órganos y tribunales especializados.

Sobre las decisiones de la Sala Constitucional, dijo que la "Sentencia N° 2.301" del 14 de diciembre de 2006, establece el deber de los tribunales de actuar con precaución al momento de tomar cualquier disposición, que pueda afectar derechos e intereses de la infancia.

El Máximo Tribunal del país, que preside la Mag. Gladys María Gutiérrez Alvarado, fundamenta sus jurisprudencias en apego irrestricto a las leyes. La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Lopnna, establece que se debe defender los derechos de la niñez ante cualquier persona, instancia, entidad u organismo; derecho a la justicia, de acudir ante un tribunal competente, independiente e imparcial; derecho a la defensa; al debido proceso; a opinar y a ser oído.

Explicó los principios legales en materia de trabajo y las diferentes fases de sustanciación. Asimismo, el magistrado Octavio Sisco Ricciardi, dio una explicación sobre los recursos de apelación, de casación, de interpretación y de control de legalidad, que deben ejercerse ante las instancias pertinentes en el Máximo Juzgado, a los fines de garantizar un procedimiento expedito.

Por su parte, la defensora pública con competencia en protección de niños, niñas y adolescentes Norbella Fontes, presentó el trabajo que ha venido realizando la Defensa Pública en esta competencia, en aras de garantizar el derecho constitucional a la defensa de la infancia.

La Defensora Pública informó que en los procesos de conciliación y mediación en el juicio laboral, cuando intervienen niños, niñas y adolescentes se originan en la voluntad conexa de ambas partes o en la declaración de una de ellas, dejando resueltos los conflictos.

Dijo que el proceso jurídico en esta materia se divide en primera instancia en "audiencia preliminar: fase de mediación y sustanciación; y audiencia de juicio". Los medios alternativos de resolución de conflicto, representan una opción para garantizar una justicia inmediata, expedita y accesible, porque suprime los lapsos para alcanzar una solución final.      

Concluyó la jurista, que la conciliación y la mediación representan figuras que aspiran romper viejos paradigmas, puesto que durante la conciliación laboral, cuando participan en la relación jurídica niños, niñas o adolescentes, se desarrolla según lo que establece la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y la Defensa Pública les garantiza el respeto por sus derechos.

Fecha de Publicación:
  20/06/2014

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