viernes, 12 de diciembre de 2014
La Constitución venezolana propicia participación y bienestar en el pueblo

En el segundo día del "Diálogo Internacional sobre Justicia, en Conmemoración del 15° Aniversario de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela", el magistrado suplente de la Sala Constitucional, Dr. Luis Damiani Bustillos expresó que la Carta Magna es ejemplo de la nueva doctrina constitucional latinoamericana que tiene como objetivo la constitucionalización del ordenamiento jurídico del Estado, lo que ha permitido la construcción de una nueva arquitectura para propiciar participación y bienestar en el pueblo.

Durante su intervención, el Magistrado destacó que el Texto Fundamental es la expresión más genuina de la voluntad democrática, porque nace de la Asamblea Nacional Constituyente, que es la depositaria de la voluntad popular y del poder originario.

Dentro de las bondades de la Constitución, resaltó que en su contenido se propone un Estado social como instrumento indispensable  para garantizar la ciudadanía, es decir, la participación solidaria de todos los venezolanos y venezolanas al patrimonio común.

Agregó que el objetivo de los poderes públicos es el bienestar de los ciudadanos dentro del contexto del modelo de un Estado social de Derecho y de Justicia, donde se encuentra el ámbito propicio para el desenvolvimiento de la justicia social como obligación a conquistar para los que viven en Venezuela.

"La intervención de la acción estatal constituye un requisito necesario para el ejercicio igualitario de los derechos de libertad e igualdad donde se halla la base constitucional de las actuales políticas públicas conocidas como grandes misiones, lo que funge como la justificación del modelo de Estado constitucional, social y de derecho", señaló el Magistrado Damiani Bustillos.

Al respecto, dijo que con esto se demuestra que los derechos sociales no se han quedado en la letra de la Carta Magna, pues se han orientado las políticas públicas y se han materializado en las misiones que representan el gran esfuerzo del Estado, cumpliendo así con el deber constitucional de garantizar los derechos sociales, con lo que se ha propuesto cancelar la deuda social de la población venezolana.

Por otra parte, indicó que en la Constitución se establece que la función interpretadora de los jueces y juezas de la República deben realizarla asegurando la integridad de su contenido y se les exige que la labor interpretativa la realicen de un modo sistémico, tomando en cuenta un conjunto de normas, valores y principios relacionados entre sí.

Recalcó que de acuerdo al mandato constitucional, la hermenéutica de los jueces debe fundamentarse en una actuación integrada, sistémica, ideológica y contextualizada para que el Poder Judicial cumpla con fidelidad y rigor su obligación de tutelar de manera efectiva los derechos constitucionales. Asimismo, destacó que los Magistrados y Magistradas del Alto Tribunal deben cumplir con un proceso judicial independiente y sereno, en nombre del Poder Popular que es de quien emana la potestad de administrar la justicia.

Fecha de Publicación:
  12/12/2014

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