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miércoles, 11 de agosto de 2004 |
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Por derecho de preferencia y daños y perjuicios |
Declarada sin lugar demanda de particular contra FOGADE |
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Ver Sentencia
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La Sala Político-Administrativa en ponencia del magistrado Hadel Mostafá Paolini, declaró sin lugar la demanda que por derecho de preferencia y daños y perjuicios interpuesta por el abogado César Musso Gómez, apoderado judicial de Joao De Sousa, contra el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), condenando en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Alegó la parte actora que De Sousa ocupa en calidad de arrendatario un inmueble ubicado Sabana Grande, Parroquia El Recreo, Caracas, y que el contrato de arrendamiento fue celebrado con la sociedad mercantil CONFINANZAS BANCO HIPOTECARIO, C.A. la cual notificó su decisión de no renovarlo a la fecha de su vencimiento. Adicionalmente la Dirección General Sectorial de Inquilinato del Ministerio de Fomento (hoy De la Producción y el Comercio) dictó un decreto declarando con lugar el derecho de preferencia ejercido por el actor contra la sociedad mercantil CONFINANZAS BANCO HIPOTECARIO, C.A., desestimando así la invocada necesidad del arrendador de ocupar el inmueble.
Adicionalmente, expresó que el inmueble pasó a formar parte del patrimonio de FOGADE, siendo colocado en ¿oferta inmobiliaria¿, teniendo De Sousa la opción preponderante de adquirirlo antes que cualquier otra persona. Por esto solicita que FOGADE convenga en venderle al accionante el inmueble; que por la vía subsidiaria, la demandada reconozca y compense los gastos efectuados en las reparaciones mayores por Bs. 19.288.000, y, finalmente, que sea condenada la demandada en costas y costos del presente juicio incluyendo los honorarios de abogados. Por último, estimó el valor de la demanda en Bs. 50 millones por los daños ocasionados al demandante, cuando con conocimiento del arrendador procedió a efectuar por cuenta de éste y pagados con dinero de su propio peculio, la reparación del mismo, los gastos y honorarios de abogados en la presente demanda y las notificaciones formuladas a FOGADE.
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ALEGATOS DE FOGADE |
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EXISTEN PROCEDIMIENTOS PARA ENAJENAR BIENES PUBLICOS |
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LOS PAGOS POR MEJORAS NO FUERON ESPECIFICADOS |
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Fecha de Publicación: |
11/08/2004 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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