miércoles, 06 de octubre de 2004
Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral
Admitido recurso contra resoluciones del CNE sobre referendo revocatorio presidencial
El Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral, presidida por el magistrado Luis Martínez Hernández, admitió un recurso contencioso electoral, conjuntamente con medida cautelar innominada, presentado por Timoteo Zambrano y Freddy Lepage, contra las Resoluciones números 040826-1118, 040615-1047, 040811-1104 y 040811-1103, emanadas del Consejo Nacional Electoral, en fechas 26-08-04 y 15-06-04, las dos primeras y el 11-08-04 las dos últimas, relacionadas con el proceso de referendo revocatorio presidencial realizado el pasado 15 de agosto.

Según se desprende del auto de admisión, ¿visto igualmente el escrito presentado, en fecha 29 de septiembre de 2004, por el abogado David Matheus (...) apoderado judicial del Consejo Nacional Electoral, contentivo del informe sobre los hechos y el derecho relacionados con el presente caso, y anexo al cual remite los antecedentes administrativos, el Juzgado de Sustanciación, una vez revisadas las actuaciones que cursan en autos, de conformidad con los artículos 230, 237 y 241 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, y 19, aparte cinco de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, admite el recurso¿.

En vista de la admisión, el Juzgado de Sustanciación ordenó emplazar a todos los interesados, mediante cartel que se publicará en un diario de circulación nacional, además, se ordenó notificar mediante oficio al Fiscal General de la República, remitiéndole copias certificadas del recurso y del presente auto, y al presidente del CNE, remitiéndole copia certificada del presente auto.

El auto precisa además ¿líbrese boleta de notificación a la parte recurrente, agregándole copia del presente auto, y a partir de su notificación se procederá a librar el mencionado cartel de emplazamiento a los interesados, comenzándose a computar el lapso para retiro, publicación y consignación del cartel de emplazamiento a los interesados¿.

Finalmente, con relación a la solicitud de medida cautelar innominada, el Juzgado de Sustanciación acordó ¿abrir cuaderno separado para su correspondiente decisión, para lo cual se ordena expedir copia certificada del escrito contentivo del recurso, del escrito suscrito por la representación judicial del máximo órgano electoral y demás copias que se consideren pertinentes¿.

Fecha de Publicación:
  06/10/2004

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