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martes, 16 de noviembre de 2004 |
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Sobre sucesos ocurridos en inmediaciones del ¿Puente Llaguno¿ |
Con lugar recusación contra magistrada Mármol en caso de efectivos de la PM |
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La causa se sigue contra los oficiales Erasmo Bolívar, Marcos Hurtado, Luis Molina Cerrada, Rafael Neazoa, Arube Pérez Salazar, Julio Rodríguez Salazar, Héctor Rovain y Ramón Zapata Alfonso |
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Fue declarada con lugar la recusación presentada el pasado 28 de octubre por la abogada Milagros Alida Acevedo, en representación de Igor Reyes Bastidas (víctima de los sucesos ocurridos el 11 de abril en las inmediaciones del ¿Puente Llaguno¿), contra la magistrada Blanca Rosa Mármol de León, quien había sido designada ponente en la solicitud de avocamiento de la causa seguida contra 8 efectivos de la Policía Metropolitana en relación con los sucesos ocurridos en dicho lugar el 11 de abril de 2002. Así lo dictaminó el presidente de la Sala de Casación Penal, magistrado Alejandro Angulo Fontiveros.
Al decidir sobre la recusación el Magistrado recordó que el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal indica: ¿Artículo 86. Causales de inhibición y recusación. Los jueces profesionales, escabinos, fiscales del Ministerio Público, secretarios, expertos e intérpretes, y cualesquiera otros funcionarios del Poder Judicial, pueden ser recusados por las causales siguientes: (...)8. Cualquiera otra causa, fundada en motivos graves, que afecte su imparcialidad¿.
La recusante basó su pretensión en que la magistrada Mármol de León ¿el 12 de abril de 2002, hizo un público pronunciamiento, ¿además de otras declaraciones públicas¿, que la hacen ¿temer¿ a la recusante, que la imparcialidad de la recusada ¿esta seriamente comprometida¿¿, según se desprende del auto firmado por el presidente de la Sala Penal, magistrado Alejandro Angulo Fontiveros.
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DECLARACIONES DE LA MAGISTRADA EN EL 2002 |
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Autor: |
Marlon Páez |
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Fecha de Publicación: |
16/11/2004 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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