miércoles, 01 de diciembre de 2004
La implementación de la oralidad debe ser inmediata
La reforma parcial del Código de Procedimiento Civil puede ser una realidad en el 2005
Por otra parte se estudia la factibilidad de una reorganización en materia civil de los Jueces de Municipio, para determinar si se transforman todos en Primera Instancia, si se eliminan o si se establece un aumento de cuantía para que puedan conocer de mayores causas y así descongestionar los de Primera Instancia
El Tribunal Supremo de Justicia dio inicio, tal y como estaba previsto, a las reuniones informativas sobre la reforma del Código de Procedimiento Civil, con la participación de los Jueces Superiores del Área Metropolitana de Caracas, Miranda y Vargas así como algunos representantes de la universidades y abogados del Supremo.

Se trata de adaptar este instrumento legal a los principios que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra en esta materia, a objeto de superar las deficiencias conceptuales y procedimentales del Código vigente desde 1986.

El Magistrado Luis Martínez Hernández, Presidente de la Sala Electoral y coordinador del proyecto, informó que hay dos visiones sobre la situación: una posible reforma parcial del Código de Procedimiento Civil con la idea de adaptarlo al nuevo texto constitucional específicamente en lo relativo al juicio oral en materia civil; y por otra parte estudiar la factibilidad de una reorganización en materia civil de los Jueces de Municipio, ¿eso para determinar si se transforman todos en Primera Instancia, si se eliminan o si se establece un aumento de cuantía para que puedan conocer de mayores causas y así descongestionar los de Primera Instancia en lo Civil, esas son las dos grandes estrategias¿.

Agregó Martínez Hernández que ¿la reforma del Código de Procedimiento Civil es un tema a largo plazo, mientras que en la instrumentación del juicio de la oralidad es a más corto plazo pero pasa porque precisamente hagamos estas reuniones para determinar qué es lo que vamos a hacer¿. Explicó que actualmente se está en la fase informativa, la próxima reunión prevista para el 8 de diciembre se incorporarán los jueces de Primera Instancia, de Municipio (24 al 28 enero de 2005); Jueces Rectores de todo el país (10 de febrero de 2005).Después vendrán eventos similares con las Escuelas de Derecho e Institutos de Derecho Procesal Civil de las Universidades Central de Venezuela (UCV), Universidad de los Andes (ULA), Universidad del Zulia (LUZ), Universidad de Carabobo, Universidad Católica "Andrés Bello", USM, Monteávila, ¿José María Vargas¿, ¿Fermín Toro¿, Yacambú y otras; miembros de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales así como con los Magistrados y funcionarios de las diversas Salas del TSJ afines con la materia para la presentación de propuestas, y también la asesoría de reconocidos expertos en el área así como la paulatina incorporación de los sectores interesados.

¿Se está cruzando la opinión de todos los actores fundamentales del proceso civil para ver si podemos llegar a abordar este tema de adaptar el CPC a la Constitución de 1999. La meta es lograr la reforma parcial para el año 2005 y posteriormente el resto del Código¿, dijo.


PODEMOS COPIAR LA EXPERIENCIA DEL SISTEMA LABORAL

El Juez Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente, Víctor González; señaló que la iniciativa del TSJ es ¿fantástica¿ porque el procedimiento civil ¿necesita urgentemente, no desde la Constitución de 1999, sino desde antes, muchos cambios. Ahora se presenta esta excelente oportunidad a quienes viven día a día la necesidad de cambio del procedimiento, que se simplifiquen y se adecuen a la realidad de los problemas que se presentan hoy en día¿. Para González en esencia esos cambios contemplarían la eliminación de ciertos formalismos, la implementación de un procedimiento oral que sea efectivo y que le produzca una solución al ciudadano. ¿Hemos visto la experiencia en materia laboral que le da al justiciable en esa materia, una solución efectiva y sería bueno que copiáramos la idea para los tribunales de la materia civil ordinaria¿, dijo González y agregó que dependiendo de la forma como se implementen los cambios ¿eso podría estar listo en dos años¿.


EL PROYECTO DEBE SER PRODUCTO DEL CONSENSO

Idelfonso Ifill, Juez Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Vargas, señaló que ¿yo aplaudo la iniciativa del Tribunal Supremo de Justicia para avocarse al conocimiento de la reforma de CPC, yo desde hace muchísimo tiempo la estoy buscando, inclusive tuve ocasión de conversar con el Magistrado Omar Mora y le decía que tenía una envidia sana con respecto al proceso laboral, porque yo quisiera que el proceso civil se modificara¿. Explicó Ifill que a su juicio la reforma de 1986 que entró en vigencia en 1987, sigue siendo el mismo código de 1916 con algunas pequeñas modificaciones que están muy alejadas de la necesidad del país y de los adelantos de la tecnología ¿efectivamente necesitamos y podemos adelantar una reforma para hacer el proceso civil más expedito y no veo ninguna justificación para que haya procesos donde la citación es para el 20° día, otros para el 2°, 8° ó 10° días, y esa multiplicidad de procedimientos no la justifico aunque en algunas cosas incidentales tengan su particularidad¿, dijo. Finalmente señaló que el llamado a los Jueces a colaborar y a consultarles su opinión le ¿parece fabuloso y además que se lleve a cabo el proyecto que nos mostró el Dr. Martínez Hernández de consultar a otros entes del país, a la Academia, a los otros jueces de primera instancia, municipio y universidades es muy importante para que el proyecto no sea una imposición sino producto del consenso¿.


UN PLANTEAMIENTO NECESARIO E IMPERIOSO

Manuel Puerta González, Juez Superior VI en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Caracas, nos ofreció sus impresiones sobre el proceso que se está desarrollando por iniciativa del TSJ, ¿es excelente el planteamiento que aún cuando está siendo querido desde hace mucho tiempo, se ha replanteado como algo necesario e imperioso como lo es la aplicación del juicio oral en el procedimiento civil de conformidad con la Constitución vigente. Lo que se ha planteado es una reforma con el fin de que se permita la instrumentación del juicio oral, eso es lo más importante¿.


SERA UN PROCEDIMIENTO PREDOMINANTEMENTE ORAL

También pudimos conversar con el Dr. Luis Aquiles Mejías, profesor de las Universidades Central de Venezuela y Católica Andrés Bello, quien informó que en esta reunión preliminar se intercambiaron impresiones ¿para hacer una vía práctica de cumplimiento del mandato constitucional de incorporar la oralidad en materia civil¿, se dieron ideas de los distintos jueces y quedaron convocados para un próximo encuentro con el objeto de discutir sobre las vías que se van a tomar, cuáles son las principales orientaciones que se van a acoger, se ha pensado incluso en la consulta a los distintos sectores del país, universidades, abogados, académicos, etc. Agregó que hay que hacer muchos ajustes ¿porque es un Código casi absolutamente escrito y si bien no se va a llegar a una absoluta oralidad que ya está abandonada en casi todas las partes del mundo va a ser un procedimiento predominantemente oral, por lo que sí hay que hacer suficientes adaptaciones para que con un mínimo esfuerzo se logren esas metas de oralidad y celeridad que haya una justicia no sólo ¿justa¿ sino además celera¿.


Autor:
  Solange Marín M.

Fecha de Publicación:
  01/12/2004

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