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miércoles, 24 de agosto de 2005 |
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Decidió la Sala Político-Administrativa |
Sin lugar apelación en caso de demanda contra Municipio Autónomo Baruta del estado Miranda |
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Ver Sentencia
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Con ponencia de la magistrada Yolanda Jaimes Guerrero, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, declaró sin lugar la apelación ejercida por el apoderado judicial de Virgilio Torrealba López y Virgilio Torrealba Francisquez, contra un auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de la misma Sala, mediante el cual se declaró inadmisible una demanda interpuesta por los mencionados ciudadanos contra el Municipio Autónomo Baruta del estado Miranda. En consecuencia quedó confirmada en todas sus partes la decisión apelada.
Se trata de la apelación ejercida por los mencionados ciudadanos, contra el referido auto, dictado el 4 de agosto del 2004, por el Juzgado de Sustanciación de la Sala, que declaró inadmisible la demanda intentada por ellos el 2 de julio de 2004, contra el Municipio Baruta, derivada de los daños morales que alegaron haber sufrido por el fallecimiento de Corina Torrealba Francisquez, en el incidente suscitado con ocasión del "...desbordamiento de la Quebrada La Guairita que se encuentra bajo la guarda de la demandada...", según indicaron, hecho ocurrido el 8 de octubre de 2000.
La demanda fue estimada en la cantidad de Bs. 6.000.000.000,00, que comprende la suma de Bs. 4.000.000.000,00 correspondiente a la indemnización de Virgilio Torrealba López, en su carácter de padre de la víctima y Bs. 2.000.000.000,00, por concepto de la indemnización reclamada por el hermano de Corina Torrealba.
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Sobre la apelación ejercida |
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Fecha de Publicación: |
24/08/2005 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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