|
|
jueves, 11 de mayo de 2006 |
|
Sala Constitucional acordó medida cautelar |
Prohibida publicidad de imágenes con alto contenido sexual en canal de televisión privada |
|
|
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de su presidenta, magistrada Luisa Estella Morales, y en votación unánime, se declaró competente y admitió la demanda, por protección de intereses difusos y colectivos, interpuesta por el abogado Juan Garantón Hernández, actuando en su propio nombre, contra la publicidad de imágenes de alto contenido sexual, mediante las cuales se ofrece un servicio a través de números telefónicos, transmitidas por el canal de televisión Radio Caracas Televisión, C.A. (RCTV), diariamente a partir de la 1:00 a.m. aproximadamente.
Adicionalmente, se acordó la medida cautelar solicitada y, en consecuencia se ordenó la prohibición de la emisión de publicidad de imágenes de alto contenido sexual, mediante las cuales se ofrece un servicio a través de números telefónicos, por el canal de televisión RCTV, en virtud de que preliminarmente se apreció que la divulgación reiterada de dichos anuncios televisivos producen un efecto que degenera y perturba.
Además la Sala observó, de forma preliminar, que tales anuncios atentan contra los elementos morales y rectores de la sociedad por un medio comunicacional como lo es la televisión, la cual sin duda alguna tiene una amplia difusión en nuestros tiempos, ya que la divulgación de tal contenido televisivo existe un mensaje persuasivo y no apto con los valores morales |
|
ALEGATOS DEL DEMANDANTE |
|
|
|
LA ACCION NO SE TRAMITARA COMO AMPARO |
|
|
|
LA SALA ORDENO CITAR A LAS PARTES |
|
|
|
Fecha de Publicación: |
11/05/2006 |
|
Pagina Web: |
|
|
Correo Electrónico |
|
|
|
|
Recomendar esta página a un amigo(a) |
|
|
|