viernes, 19 de mayo de 2006
Dictamen de la Sala Constitucional
Inadmisible acción de amparo presentada por Larry Tovar Acuña
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de su vicepresidente, magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, declaró inadmisible una acción de amparo presentada el pasado 28 de abril por la representante judicial de Larry Tovar Acuña, quien para el momento se encontraba recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, contra una decisión de la Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar dictada el 04 de noviembre de 2005.
En el escrito presentado por la representación de Tovar Acuña, pidió su libertad y "la nulidad del juicio donde se me condenó y un nuevo juicio en el delito que se me imputa, por no llenar los extremos legales de las normas contempladas tanto procedimentales como penales (sic)".
La Sala del Máximo Tribunal del país al estudiar el escrito presentado por el accionante, indicó en su dictamen que no entiende ciertamente, "cuál es el contenido de la tutela constitucional invocada" porque "el escrito contentivo de la misma es totalmente confuso", lo cual llevó a la Sala a reiterar su doctrina, en cuanto al mínimo de exigencias que debe cumplir toda solicitud de amparo constitucional.
Reiterando el criterio establecido en fallos previos, la Sala consideró que la presente solicitud "es de tal modo oscura y confusa, que la posibilidad de que el actor corrigiera la misma implicaría la necesidad de plantearla de nuevo. Aunado a lo anterior, el artículo 19, aparte quinto de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable supletoriamente por remisión del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, establece la inadmisibilidad de la demanda, solicitud o recurso, entre otras causales, cuando es de tal modo ininteligible que resulte imposible su tramitación", por lo que se declaró inadmisible la acción de amparo presentada.
Autor:
  Prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  19/05/2006

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