|
|
lunes, 12 de junio de 2006 |
|
Ciudadana reclama indemnización por accidente en la Embajada |
TSJ ordenó que Juzgado de Primera Instancia de Caracas decida demanda contra Estados Unidos |
|
|
La Sala Constitucional (accidental), con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, y el voto salvado del magistrado Pedro Rondón Haaz, ordenó que un nuevo juzgado de primera instancia de Caracas, dicte pronunciamiento sobre el fondo de la causa relacionada con una demanda por daños morales y materiales contra los Estados Unidos de Norteamérica, que interpuso Lilia Ramírez Pinto, con ocasión del accidente que sufriera el 19 de mayo de 1986 en las instalaciones de dicho país en Venezuela.
De tal manera que la Sala declaró con lugar la apelación ejercida por el abogado Carlos Olavarría Márquez, apoderado judicial de la accionante, contra la sentencia dictada el 1 de agosto de 2005, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de Caracas, que había declarado inadmisible por causa sobrevenida la acción de amparo constitucional interpuesta.
En consecuencia se anuló dicho fallo y la Sala declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por la accionante. El TSJ también anuló la decisión dictada el 27 de julio de 2005, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Caracas, y los actos posteriores a ella.
La Sala ordenó remitir copia certificada del presente fallo, a la Inspectoría General de Tribunales y a la Comisión Judicial de la División Ejecutiva de la Magistratura, a los fines de iniciar un procedimiento disciplinario en contra de la abogada Angelina Margarita García Hernández, en su condición del juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Caracas, y establecer las sanciones a que haya lugar, para lo que la Sala ordenó remitir copia certificada de la presente decisión, al Ministerio Público, a los fines de que se de inicio al procedimiento respectivo contra la mencionada abogada.
Como se recordará, el 8 de mayo de 1996, Lilia Ramírez Rivero, interpuso una demanda por daños morales y materiales, contra los Estados Unidos de Norteamérica, ello en ocasión del accidente que sufriera el 19 de mayo de 1986, en las instalaciones de la Embajada de dicho país.
En el transcurso del proceso legal, el 30 de julio de 1998, la Sala Político-Administrativa declaró que el Poder Judicial de la República Bolivariana de Venezuela si tiene jurisdicción para conocer el juicio seguido por, Lilia M. Ramírez, en contra de los EEUU.
|
|
MOTIVACIONES DE LA SALA PARA DECIDIR |
|
|
|
VOTO SALVADO |
|
|
|
Fecha de Publicación: |
12/06/2006 |
|
Pagina Web: |
|
|
|
|
Recomendar esta página a un amigo(a) |
|
|
|