El Tribunal Supremo de Justicia venezolano y la Corte Suprema de Justicia paraguaya establecieron que son temas fundamentales para la consecución de los altos fines del Convenio, "el intercambio permanente de información relativa a la experiencia adquirida en materia de modernización de las instituciones judiciales, igualmente al fortalecimiento del rol y el prestigio del Poder Judicial, así como el aseguramiento de la independencia de los tribunales y la capacitación de los jueces".
En el marco del presente Convenio ambas partes "asumen el compromiso de intercambiar información con relación a las leyes y reglamentos dirigidos a la organización y funcionamiento de los sistemas judiciales, la incorporación y formación de los jueces así como la pertinente aplicación de las medidas disciplinarias a los titulares de la administración de justicia".
Con este convenio las altas instituciones judiciales de Venezuela y Paraguay procurarán responder consultas entre ellas, así como ejecutar el intercambio de delegaciones destinadas a dar respuesta a cuestiones actuales y de relevancia jurídica. También facilitarán recíprocamente el suministro de literatura referente a la reforma y modernización de los procesos judiciales.
Del texto del convenio se desprende que las partes "pueden concertarse en lo relativo a la publicación y divulgación del material que resulte de los trabajos comunes que desarrollen dentro del marco del presente acuerdo. En lo inmediato, la Corte Suprema de Justicia del Paraguay entregará la compilación de tratados y acuerdos que constituyen la normativa del Mercosur que editó, al Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, para que la reproduzca sin el pago de derecho alguno, en un número limitado para ser entregado a los jueces venezolanos".
COMUNICACIÓN DIRECTA ENTRE LAS PARTES
Cabe destacar que la comunicación entre las partes firmantes se realizará directamente entre ellas o mediante la tramitación por los canales diplomáticos, además "podrán considerar entrar en un periodo de consultas para asumir posiciones comunes en eventos jurídicos internacionales que convoquen su participación".
Finalmente, en caso de que el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela y la Corte Suprema de Justicia de Paraguay lo consideraren oportuno y conveniente, el convenio establece que se "podrán profundizar la cooperación y aun ampliarla a otros ámbitos, siempre actuando dentro del orden de su esfera de atribuciones", indica el convenio firmado por el presidente Omar Mora Díaz y su homólogo José Raúl Torres Kirmser.