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jueves, 07 de diciembre de 2006 |
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La denuncia fue presentada ante la Delegación Táchira del CICPC |
Desestiman por manifiestamente infundado recurso interpuesto por cumplimiento de un contrato de opción a compra |
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Ver Sentencia
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Sobre este caso se verificó la existencia de un documento de opción de compra venta de un automóvil cuyos datos y características rielan a las actas, el cual fue suscrito por la víctima, Omaira Inés Navas como oferente, y el imputado, Rafael Sánchez como optante
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La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de justicia, en ponencia de la magistrada Deyanira Nieves Bastidas, desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por los apoderados judiciales de Omaira Inés Navas contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, con relación a la denuncia presentada por la mencionada dama contra Rafael Sánchez, a quien acusa de no entregarle un vehículo de su propiedad, sobre el cual ambas partes habían elaborado un documento de opción a compra.
De acuerdo a los documentos presentados, el 27 de abril de 2005, Omaira Inés Navas compareció por ante la Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Táchira y manifestó que "comparezco ante este despacho para denunciar a Rafael Sánchez, quien bajo engaño me hizo trasladar hasta esta ciudad, desde la ciudad de los Teques estado Miranda, para hacerme la entrega de mi vehículo, el cual finalmente se negó a entregarme, cuyas características son marca Chrysler, modelo Neón Le Hichlin, año 1997, color marrón, tipo sedan, placa MAU 51E, serial de carrocería: 8Y3HS46CV1709010, serial del motor 4 Cil".
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MINISTERIO PÚBLICO PRESENTÓ SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO |
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LA DENUNCIANTE PRESENTÓ ALEGATOS EN LA AUDIENCIA |
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OBSERVACIONES Y DECISIÓN DE LA SALA |
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Autor: |
PRENSA/TSJ |
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Fecha de Publicación: |
07/12/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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