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viernes, 15 de diciembre de 2006 |
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La Sala tomó en consideración el artículo 243 del CPC |
Casan de oficio sentencia de juicio iniciado contra una inmobiliaria por resolución de contrato de arrendamiento |
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Ver Sentencia
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En esta sentencia también se decretó la nulidad del fallo recurrido y se ordenó al juez superior que resulte competente dictar una nueva decisión sin cometer el vicio de actividad declarado en este fallo
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La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de la magistrada Isbelia Pérez Velásquez, decidió casar de oficio la sentencia del 9 de febrero de 2006, dictada por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con relación al juicio iniciado por la Comunidad de propietarios del Centro Plaza contra el Escritorio Inmobiliario Plaza 10 C.A., por resolución de contrato de arrendamiento.
Con relación a esta sentencia, en la que también se decretó la nulidad del fallo recurrido y se ordenó al juez superior que resulte competente dictar una nueva decisión sin cometer el vicio de actividad declarado en este fallo, el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la mencionada circunscripción judicial, dictó sentencia el día 9 de febrero de 2006, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda y confirmó el fallo apelado. Contra ese fallo de la alzada, la parte demandada anunció recurso de casación, el cual, una vez admitido, fue oportunamente formalizado y finalmente hubo impugnación y réplica.
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LOS DEMANDANTES HICIERON SU PETICIÓN |
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SE ORDENÓ EL PAGO DE INTERESES MORATORIOS |
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LA SALA HIZO SUS CONSIDERACIONES Y DECIDIÓ |
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Autor: |
PRENSA/TSJ |
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Fecha de Publicación: |
15/12/2006 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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