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viernes, 19 de enero de 2007 |
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Por decisión de la Sala Político-Administrativa |
Declarada sin lugar demanda contra empresa de servicio eléctrico |
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Ver Sentencia
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En su sentencia la Sala del Alto Tribunal, luego de estudiar de manera minuciosa el presente caso, concluyó que "debe atenderse a lo establecido en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, conforme al cual ¿...Los jueces no podrán declarar con lugar la demanda sino cuando, a su juicio, exista plena prueba de los hechos alegados en ella...¿ y específicamente de lo atinente a que ¿...En caso de duda, sentenciarán a favor del demandado...¿" |
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La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de su vicepresidenta, magistrada Yolanda Jaimes Guerrero, declaró sin lugar una demanda por indemnización de daños y perjuicios interpuesta el 3 de julio de 2002, por el apoderado judicial de Emiliano Duarte Vivas, contra la Compañía Anónima Electricidad de Oriente (Eleoriente).
Narró en su escrito el demandante que el 1° de agosto de 2001 recibió una fuerte descarga eléctrica cuando se disponía a salir de su habitación y fue supuestamente "...atraído por un cable que trasmitía la corriente con un voltaje muy superior al normal debido a la anomalía que se presentó en todo el tendido eléctrico...", ubicado en las adyacencias de su residencia y cuyo transformador en horas de la noche del día 31 de julio de 2001, habría explotado incendiándose por espacio de aproximadamente dos horas.
Agregó Emiliano Duarte que la carga eléctrica de "...13.800 voltios según informe de Eleoriente se fuera a tierra...", creando con ello "...un campo energético de atracción...", que arropó al demandante y le ocasionó: "...pérdida del brazo derecho, amputación del dedo índice de la mano izquierda con amenaza inminente de ser amputada la mano, heridas en el pecho y varias partes de la cabeza, pérdida de parte del talón derecho (...)".
Por sus lesiones físicas reclamó a la empresa de servicio eléctrico la cantidad de Bs. 214.869.752, mientras que en relación al daño moral, señaló Duarte que procedía a estimarlo en Bs. 200.000.000,00, derivada del "...dolor sufrido por tan lamentable pérdida de miembros de su cuerpo que conllevan a desequilibrios físicos, psíquicos, económicos, sociales y familiares por el resto de su vida terrenal...", es decir, el monto total de la demanda ascendió a Bs. 414.869.752,00 monto que solicitó fuera indexado.
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SITAUCIÓN FÁCTICA DESCRITA POR DUARTE ES IMPRECISA |
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EL MARCO LEGAL EN LA MATERIA |
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Autor: |
Prensa TSJ |
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Fecha de Publicación: |
19/01/2007 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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