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lunes, 22 de enero de 2007 |
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Sala Civil dictó sentencia |
Perecido recurso intentado por cobro de dinero contra una corporación de alimentos |
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Ver Sentencia
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En esta sentencia se decidió también condenar al recurrente al pago de las costas procesales del recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil
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La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Carlos Oberto Vélez, declaró perecido el recurso de casación anunciado contra la sentencia dictada el 30 de marzo de 2006 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, referente al juicio seguido por cobro de bolívares, vía intimación, intentado por Pascual Valerio Moya contra la Corporación de Alimentos Brindisi, C.A. Corpobrica.
Con relación al juicio por vía intimación fue intentado inicialmente ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, por Valerio Moya contra la mencionada Corporación, el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del mismo Circuito y Circunscripción Judicial, conociendo con competencia funcional jerárquica vertical, dictó sentencia en la fecha ya mencionada declarando nula la decisión dictada el 20 de mayo de 2005, por el Juzgado a-quo y repuso la causa al estado de contestación de la demanda, de conformidad con lo previsto en el ordinal 4° del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil. Contra esta decisión el demandante, anunció recurso de casación en fecha 7 de abril de 2006.
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PUNTO ÚNICO |
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LA SALA DICTÓ SENTENCIA FINAL |
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Autor: |
PRENSA/TSJ |
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Fecha de Publicación: |
22/01/2007 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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