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miércoles, 07 de marzo de 2007 |
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Sentencia de la Sala Político-Administrativa |
Procedente medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por canal de televisión |
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Ver Sentencia
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El fallo de la Sala por otra parte declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos formulada por la empresa Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. (Globovisión), contra una Providencia Administrativa dictada por el Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), en relación al comiso de equipos microondas ordenado en el acto impugnado |
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Con ponencia de su presidenta, magistrada Evelyn Marrero Ortiz, la Sala Político-Administrativa declaró procedente una medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la empresa Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. (Globovisión), contra la Providencia Administrativa N° PADS-385 del 5 de diciembre de 2003, dictada por el Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), sólo en lo que se refiere a la multa de treinta mil unidades tributarias (30.000 U.T.) impuesta al mencionado canal de televisión.
El caso tiene que ver con el recurso contencioso administrativo de nulidad, ejercido conjuntamente con medida de suspensión de efectos, presentado por la representación judicial del canal de TV, contra la referida Providencia Administrativa, que resolvió sancionarla con la multa aludida, el comiso de equipos microondas y se ordenó el cese de las actividades infractoras.
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PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA MEDIDA CAUTELAR |
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NO SE CONFIGURARON LOS REQUISITOS DE PROCEDENCIA |
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SE EXIGIÓ CONSTITUCIÓN DE UNA GARANTÍA |
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Autor: |
Prensa TSJ |
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Fecha de Publicación: |
07/03/2007 |
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Pagina Web: |
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Correo Electrónico |
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