viernes, 27 de julio de 2007
Sala de Casación Social
Inadmisible recurso de control propuesto por demanda contra empresa petrolera
Ver Sentencia



El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad

 

 La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado  Alfonso Rafael Valbuena Cordero declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de Luis Guillermo Sánchez, contra la empresa Pdvsa Petróleo S.A., en el juicio que sigue por calificación de despido.

Con relación a este caso el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo, conociendo en apelación, dictó sentencia definitiva en fecha 13 de junio del año 2006, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, confirmando así el fallo dictado por el Tribunal de la causa, que declaró la perención de la instancia. Contra esta decisión de alzada, la representación judicial de la parte actora, propuso recurso de control de la legalidad.

 

LA INADMISIBILIDAD

En los casos como el que aquí se presenta, el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, advirtiendo que "el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación (") en estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos".

 

LA SALA DICTAMINÓ EL FALLO

Habiendo efectuado el análisis del fallo impugnado, así como de las actas que conforman el expediente, consideró la Sala competente del alto Tribunal que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, pues no vulnera normas de orden público laboral ni la reiterada doctrina establecida por esta Sala de Casación Social, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del presente recurso de control de la legalidad, al no ajustarse la pretensión a los fines de este medio excepcional de impugnación y por tanto resulta forzoso declarar inadmisible el recurso de control de la legalidad ejercido.

 

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  27/07/2007

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)