martes, 04 de diciembre de 2007
Ante el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa
Citan para exhibir documentación al Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia
Ver Sentencia

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa, notificó al Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia, por órgano de la Procuraduría General de la República, para que exhiba la documentación relacionada con el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Representaciones Renaint, C.A, ante el silencio administrativo producido en el ejercicio del recurso jerárquico intentado el 24 de mayo de 2006, ante el  Ministro del Poder Popular para la Educación.

            Dicho acto administrativo es el N° 0062, del 8 de marzo de 2006, y fue dictado por la Dirección General de Administración y Servicios del entonces Ministerio de Educación y Deportes, en el cual se procedió "a anular la orden de compra N° 1963 de fecha 14-12-2005, emitida a nombre de la empresa Representaciones Renaint, C.A."", para la entrega ""de los materiales y suministros que le fueron contratados, en base a la Licitación N° LG-023-2005"

            El Juzgado de Sustanciación, en la oportunidad legal para decidir la admisibilidad observó que en el mismo no se encontraron razones para declarar ilegales e impertinentes, salvo para su apreciación definitiva, las documentales indicadas en los capítulos I, II, III, IV, V y VI del escrito de promoción de pruebas, los cuales se contraen a reproducir el mérito favorable de los autos, , así como también la documental producida con el referido escrito e indicada en el Capítulo VII; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, se mantendrán en el expediente.

            Por otra parte, se admitirán cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las exhibiciones solicitadas en los Capítulos I, III, IV, V y VI del escrito de promoción de pruebas.

            En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, se citó al Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia, por órgano de la Procuraduría General de la República, la exhibición de la documentación indicada en el referido capítulo, a las once horas de la mañana (11:00 a.m.),  del quinto día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos su intimación por boleta, vencidos como sean los ocho días hábiles, a que se refiere el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese boleta acompañándole copias certificadas del escrito de promoción y del presente auto.

            Ante el pronunciamiento anterior, el Juzgado ordenó notificar a la Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. De esta forma libró el correspondiente oficio y anexándole copia certificada del escrito de promoción de pruebas y de la presente decisión.

Fecha de Publicación:
  04/12/2007

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